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13.3. Deducciones
en actividades económicas
A los contribuyentes del IRPF que ejercen actividades
económicas, les son de aplicación los
incentivos a la inversión empresarial que se
establecen en el Impuesto sobre Sociedades, con excepción
de la deducción prevista en el artículo
42 del Texto Refundido de la Ley del IS.
Estos incentivos sólo serán de aplicación
a los contribuyentes en régimen de estimación
objetiva cuando así se establezca reglamentariamente.
Recuerde: Los límites a esta deducción
se aplicarán sobre la cuota que resulte de minorar
la suma de las cuotas íntegras estatal y autonómica
o complementaria en el importe total de las deducciones
por inversión en vivienda habitual y por inversiones
y gastos en bienes de interés cultural
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