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10.1. ¿Qué
se entiende por "regímenes de imputación
de rentas?"
Cuando la Ley del IRPF contempla las rentas que conforman el hecho imponible incluye entre ellas las denominadas "imputaciones de rentas". Estas rentas se integran y compensan sin limitación alguna en la parte general de la base imponible del impuesto con el resto de rendimientos. De las diferentes categorías de imputaciones de rentas que se recogen en la Ley se pueden distinguir:
- Imputaciones de rentas inmobiliarias (artículo
87).
- Transparencia fiscal internacional (artículo
92).
- Instituciones de Inversión Colectiva en paraísos
fiscales (artículo 96).
- AIE O UTES.
- Atribución de rentas (artículo 88).
- Transparencia fiscal. Limitada a las rentas y demás
conceptos pendientes de imputación procedentes
de sociedades en régimen de transparencia en
el ejercicio 2002, ya que desde 1 de enero de 2003
ha desaparecido dicho régimen.
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