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Jueves, 17-05-2012 | Actualizado a las 1:07 h.

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Entrevistas

Jesús Gascón

Director de Gestión Tributaria de la AEAT

  • 1Núria 10:56 h.

    ¿Qué novedades hay en la declaración de la Renta de este año?

    Se aplica por primera vez la nueva Ley del Impuesto. Hay una rebaja de tarifas, una actualización del límite de la obligación de declarar y de los mínimos personales y familiares y las rentas del ahorro tributan al 18 por ciento. Son los aspectos más destacables, aunque las novedades son muchas debido a que se trata de una nueva ley.

  • 2Fernando 11:02 h.

    Buenas, ¿en qué período de tiempo se va aplicar la comentada devolución de los 400 euros al contribuyente? Un saludo.

    No afecta a la campaña del IRPF 2007. Se aplica en el ejercicio 2008. Quienes soportan retenciones del trabajo (asalariados y pensionistas), a partir de la nómina o pensión de junio verán reducidas sus retenciones, con un límite máximo de 200 euros en junio y de 400 en el conjunto del año si tienen retención suficiente para ello. Los empresarios y profesionales que efectuan pagos fraccionados podrán reducir los mismos a partir del segundo pago, siempre con el límite de los 400 euros anuales. Por supuesto, quienes no puedan anticipar sus efectos, podrán deducir los 400 euros en la declaración a presentar el año que viene, siempre que cumplan las condiciones previstas en la ley.

  • 3carlos sin borrador 11:05 h.

    Buenos días. A día de hoy, mi borrador de la renta está, según la web de AEAT, en estado de trámite. ¿Cómo es posible? Yo pensaba que antes del comienzo del periodo de presentación todos los borradores debían estar enviados a los contribuyentes. Muchas gracias y un saludo.

    Los borradores y datos fiscales se imprimen, ensobran y se entregan a Correos escalonadamente. A mediados de mayo, prácticamente el 100% están en la calle. Para evitar problemas logísticos, lo mejor es darse de alta en el servicio de alertas a móviles. A quien lo hace le enviamos un mensaje al móvil diciendo cuando está emitido su borrador y lo puede consultar por Internet.

  • 4Pepeillo 11:10 h.

    Hola, yo recibí el borrador de la renta y lo acepté por lo que a los pocos días recibí el dinero. Ahora tras mandarme la información fiscal varias entidades me he dado cuenta que hay varios conceptos como los gastos a sindicatos que no están reflejados. ¿Se puede modificar ese borrador una vez aceptado y cobrado? Gracias.

    El borrador se elabora con la información de que dispone la Agencia Tributaria. por ejemplo, las cuotas sindicales es un dato respecto del que no disponemos de información (no existe obligación legal de proporcionarla). Por este motivo recomendamos revisar el borrador y los datos fiscales que lo acompañan antes de confirmarlo. Una vez confirmado el borrador, si alguien detecta que ha omitido algún dato, lo que puede hacer es presentar la declaración (no un nuevo borrador) y se tramitará esta última.

  • 5Br1 11:12 h.

    ¿Cuándo puedo presentar la declaración abreviada?

    ya no distinguimos entre declaración ordinaria y simplificada. Con el programa de ayuda carece de sentido esta distinción. El plazo de presentación finaliza el 30 de junio.

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