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Preguntas y respuestas

  • Alfredo 12/02/2012 23:06 h.

    Buenos días, tengo una duda sobre la indemnización por despido improcedente cuyo importe es de 45 días por año hasta el 11-02-2011 y 33 días por año a partir de esta fecha, siempre que se tenga una antigüedad superior a 720 días anteriores a ésta última. Pero que base se toma para dicho calculo el salario bruto o el salario base más la antigúedad.gracias por su aclaración, un saludo

Respuesta del experto:

Gómez-Acebo & Pombo - Gómez-Acebo & Pombo

El salario de referencia a efectos indemnizatorio no ha sido modificado por el Real Decreto-ley 3/2012, que se limita a operar sobre el módulo (45/33) de días de salario por año de servicios.

En consecuencia, el importe de la indemnización se obtiene teniendo tomado el salario bruto anual y dividiéndolo por 365 días. Hay que incluir todos los conceptos salariales (salario base, antigüedad, pluses, complementos, incentivos, retribución en especie).

Muchas gracias por su consulta.

Comentarios

  • 1 Mari Carmen - 25/10/2012 - 11:56:02h

    Llevo 30 años en la misma empresa un comercio sociedad limitada y mi jefe quiere hacer liquidacion por reforma pero no es verdad quiere liquidar para cerrar el negocio por perdidas, como quedaria mi despido improcedente o con arreglo a la nueva reforma laboral, gracias

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