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Reuters - Madrid - 09/07/2009
La Seguridad Social interpuso la demanda ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI el pasado 25 de marzo alegando, entre otros argumentos, que el término reclamado era conocido por los ciudadanos como identificador de los organismos públicos que gestionan las prestaciones sociales, lo que podría inducir a confusión.
"Ha resultado argumento de peso en la decisión (...) el hecho de que muchos de los trámites obligatorios con la administración pública se realizan a través del sistema "Red" de la Seguridad Social, por lo que resulta especialmente preocupante el riesgo de confusión en temas tan sensibles como la protección social de los ciudadanos", dijo el ministerio en un comunicado.
Tras llegar a diversos acuerdos con titulares de nombres de dominio que podían dar lugar a confusión por semejanza terminológica, el organismo estatal contactó con el responsable, no identificado, de registrar el dominio seguridadsocial.es ante el organismo español encargado de este trámite.
"Fue el único que no aceptó la transmisión gratuita del dominio", declaró. La ley española impide utilizar la denominación "Seguridad Social" salvo expresa autorización del Ministerio de Trabajo e Inmigración
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