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CincoSentidos
Cinco Días - Madrid - 19/04/2005
El juzgado de primera instancia número cuatro de Castellón ha absuelto al diario El País, a su director, Jesús Ceberio; a su grupo editor, Prisa; y a varios de sus profesionales en la demanda presentada por Carlos Fabra Carreras, presidente de la Diputación de Castellón, que les acusaba de 'intromisión ilegítima en el honor'. La sentencia asegura que las noticias publicadas por El País sobre irregularidades en la gestión de Fabra 'son veraces' y añade que era Fabra quien debía dar una 'respuesta detallada' a las denuncias que se hicieron contra él.
El fallo, firmado por la juez Reyes Gavara Arnau, absuelve al diario y ordena pagar las costas procesales al dirigente del PP castellonense, quien había llevado al tribunal 28 informaciones del rotativo para pretender demostrar 'la campaña de desprestigio impulsada por el Grupo Prisa de la que se han hecho eco todos los medios de comunicación del país'.
Fabra había pedido al tribunal una indemnización de tres millones de euros y la prohibición al medio de continuar realizando 'manifestaciones semejantes' sobre él. En un principio, el político del PP había incluido en la demanda al presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, por 'la coordinación de los demandados y la conexión de las noticias', dado que Prisa y El País estarían actuando 'como brazo mediático del PSOE'.
El caso se refiere a unas declaraciones hechas por el industrial Vicente Vilar, quien acusó a Fabra de cobrarle cantidades millonarias a cambio de agilizar licencias de fitosanitarios, entre otras irregularidades. La sentencia recuerda que Vilar llegó a 'autoinculparse' en delitos para denunciar a Fabra, de quien había sido íntimo amigo.
La sentencia cree demostrado que 'los periodistas demandados extremaron la razonable diligencia exigida en busca de la verdad, debiendo haber sido el señor Fabra, en su calidad de servidor público, quien debía haber facilitado la respuesta detallada que fuera precisa para informar a los ciudadanos acerca de las irregularidades que se le atribuían'.
El fallo añade: 'Incluso queda acreditado que se intentó contrastar la información obtenida con el propio demandante, que no quiso realizar ningún tipo de declaración'. Y se constata que en ningún momento el diario recurrió a 'expresiones vejatorias o insultantes, encontrándonos en la propia demanda, como resalta el Ministerio Fiscal en sus conclusiones, expresiones que muy bien podrían ser calificadas de esa forma'.
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