Buscador

Guía de Balms Abogados

Decálogo para viajar sin sobresaltos

La firma española Balms Abogados ofrece una guía sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros, para saber actuar de inmediato ante cualquier imprevisto que pueda surgir.

  • meneame

Imagen de una playa - Thinkstock

Cinco Días - Madrid - 28/06/2012 - 16:45

La firma española Balms Abogados ha elaborado una guía sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros, para saber actuar de inmediato ante cualquier imprevisto que pueda surgir.

En los viajes combinados:

1. Contratación del viaje: Si se realiza a través de una agencia, ésta será la responsable de que se cumplan todas las obligaciones establecidas en el contrato. Para evitar posibles confusiones, es recomendable que el viajero guarde, en lugar seguro hasta la completa realización satisfactoria del viaje, todos aquellos catálogos o folletos que la agencia facilite.

2. Modificación de un viaje contratado: Si el viajero observa que no se cumple lo pactado, deberá comunicarlo a la agencia para que busque una solución y si esto no fuera posible, deberá proporcionar un medio de transporte para trasladar al viajero al punto de partida. Aún así, el viajero tendrá derecho a recibir una indemnización.

3. Cancelación por la agencia: En este caso, la agencia es quien debe ofrecer al consumidor la posibilidad de recuperar el dinero pagado o de disfrutar de otro viaje de calidad igual o superior. El viajero tendrá derecho a una indemnización siempre que no haya sido por motivos de fuerza mayor. En caso de ser el viajero el que anule el viaje, este recibirá las cantidades abonadas, excepto los gastos procedentes de la indemnización de la agencia, más los gastos de gestión y los de anulación.

4. En el caso de llegar al hotel, si las condiciones no son las contratadas, el consumidor tiene derecho a reclamar la situación. Asimismo, deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento de la agencia de viajes a través de la que contrató el viaje.

En los viajes aéreos:

5. El pasajero tiene la obligación de presentarse a tiempo a la hora de coger un vuelo. En el caso de que llegue tarde, salvo que sea justificado, puede dar lugar a la pérdida del vuelo sin derecho a compensación alguna por parte de la compañía.

6. En el caso de cancelación de un vuelo, el pasajero tiene derecho de ser informado de las causas de la cancelación del viaje. La compañía tendrá que avisarle e informarle de los posibles medios alternativos de transporte.

7. El temido Overbooking: Ante esta situación, el pasajero tiene derecho a recibir el reembolso del coste integro del billete en un plazo de siete días, a que la compañía le traslade al destino final en unas condiciones de transporte similares o a que le conduzcan a su lugar de destino en otra fecha que convenga al pasajero en función de la ocupación de la compañía. También tiene derecho a recibir comida y refrescos suficientes en función del tiempo de espera, a un alojamiento gratuito en un hotel cuando el transporte alternativo ofrecido no se pueda realizar hasta el día siguiente, a los traslados entre el aeropuerto y el alojamiento y ofrecerle la posibilidad de realizar dos llamadas telefónicas totalmente gratuitas. Si no se llega a un acuerdo con la compañía, esta le abonaría una compensación económica que giraría entre los 125 y los 600 euros, dependiendo del vuelo y del retraso sufrido.

Equipaje:

8. El pasajero tiene la obligación de empaquetar de manera adecuada los objetos frágiles y respetar las medidas para el equipaje. En caso de existir exceso de equipaje, el viajero tendrá la obligación de hacerse cargo, por ello se recomienda leer con atención las condiciones generales de contratación antes de emprender el viaje.

9. Ante una pérdida o avería del equipaje facturado, el viajero podrá reclamar a la compañía aérea la pérdida o los daños que se produzcan en el equipaje, siempre que el mismo se encuentre en el interior del avión o bajo la custodia de la compañía. En el caso de equipaje de mano y objetos personales, también responderá la compañía aérea si los daños han sido producidos por culpa o negligencia de sus agentes.

Animales:

10. Animales de compañía: El viajero tiene obligación de abonar la tarifa correspondiente para el animal. En alguna ocasión pueden viajar en la cabina con los dueños, siempre que los transporten en un recipiente adecuado que no supere los 6 kilos. Sin embargo en un viaje en autocar, tendrán obligación de llevarlo en el compartimento seleccionado para el equipaje. En el tren, podrá viajar bajo la vigilancia y custodia de su dueño, siempre que no ocasione molestias al resto de los viajeros.


Comentarios

Normas de uso

  • Esta es la opinión de los internautas, no de CINCODIAS.com
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Comentario
Datos personales


ver más índices

Mercados
EURO / DOLAR 1,2930 $ divisas
Buscar acción de este índice

valores del Ibex 35

Estamos en Facebook

Conoce nuestra página de Facebook y hazte fan para tener las noticias en tu muro.

Síguenos en tu móvil

Entra en las aplicaciones de Cinco Días y accede a toda la información financiera.

Visita nuestro Twitter

Conoce nuestra página de Twitter y síguenos para tener las noticias más importantes.

Blogs: últimas entradas

  • A pesar de los recortes de dividendos de las compañías europeas en los últimos 3 años (especialmente Bancos, Eléctricas y Telecomunicaciones)...

  • Y tú ¿Qué pilotas?

    Mi empresa

    Candice Laporte y Sébastien Chartier

    No sé cuándo fue la primera vez que escuche el termino emprendedor, pero sí recuerdo cuando llegó a mis oídos la palabra empresario, venía de...

  • Está bien que la CNMV investigue lo que sucedido en Bankia, si es cierto unos cuantos inversores han hecho trampillas. Aunque tampoco hay que...

ver más

Asociados
© ESTRUCTURA GRUPO DE ESTUDIOS ECONÓMICOS S.A.- Miguel Yuste, 42 - 28037 Madrid [España] - Tel. 91 538 61 00