Arte y naturaleza
ARANTXA CORELLA - Madrid - 03/11/2006
Al juez titular del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, José Manuel de Vicente, se le acumula el trabajo. Es el magistrado que tramita el concurso necesario por insolvencia de la sociedad Afinsa, que junto con el de Fórum Filatélico (que juzga el magistrado Santiago Senent) están protagonizando los procedimientos concursales más importantes desde que la ley entró en vigor, en septiembre del año 2004.
Fuentes cercanas al juez de Vicente señalaban ayer que el caso presentado por Arte y Naturaleza puede suponer un 10% respecto a lo que implican los procesos concursales de Fórum y Afinsa, que ya se encuentran en tramitación. “Pero puede convertirse en el tercer procedimiento concursal más importante desde que entró en vigor la ley”, señalaban estas mismas fuentes que cifran en unos 20.000 los afectados por la crisis de Arte y Naturaleza. Algunos defectos de forma (relacionados con el pago de tasas judiciales) hicieron que hasta ayer no se comenzara a tramitar formalmente la solicitud de concurso voluntario presentada por la entidad que comercializaba la inversión en obras de arte al verse incapaces de hacer frente a las obligaciones con sus clientes.
Según fuentes cercanas a la entidad, ésta cuenta unos activos de 75 millones de euros y unos compromisos de recompra de obras por unos 600 millones. Precisamente las peticiones masivas de reventa influidas, según los gestores de Arte y Naturaleza, por lo sucedido en los casos Fórum Filatélico y Afinsa, han sido las que han llevado a pedir voluntariamente el concurso de acreedores. Sin embargo, plataformas de defensa de los consumidores como Adicae consideran que este caso es un fraude piramidal. La empresa ofrecía a sus clientes inversiones en arte –aunque los particulares en muchas ocasiones no llegaban a ver las obras– con rentabilidades de hasta el 17% anual. Ahora será el juez de Vicente quien, en unos días , establezca si la solicitud realizada por los directivos de Arte y Naturaleza reúne las condiciones de capacidad procesal y de postulación exigidas en la Ley Concursal y dicte un auto en el que recoja sus conclusiones.
También quedará pendiente la valoración de los activos de los que realmente dispone la empresa que quedará en manos de los administradores concursales. La administración concursal estará integrada, de acuerdo con la ley, un abogado, un auditor y un acreedor.
El procedimiento intentará satisfacer los intereses de los acreedores y perjudicados y llegar a la liquidación de una manera ordenada, ya que precisamente una de las principales características de la Ley Concursal es la simplificación de los cuatro procedimientos que existían antes de su aprobación (quiebra, suspensión, quita y espera), en un concurso único. De ahí procede precisamente el nombre para denominar el procedimiento único, que es el concurso, y describe la concurrencia de los acreedores sobre el patrimonio del deudor.
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