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Columna
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Pensiones y actividad económica

En el año 2011, el PIB tuvo un incremento negativo de casi el 2%, lo que dio lugar a una fuerte subida del paro, que alcanzó 4,6 millones de parados.

En el mes de enero de 2012 continúa la caída de la actividad económica. Las cotizaciones a la Seguridad Social se han reducido en 284.000 euros; el ritmo de destrucción de empleo se ha acelerado en 4 décimas (2,4%) y el número de cotizantes bajó de los 17 millones (16,9); el número de personas que cotizan a la Seguridad Social se retrotrae a los niveles de 2004; el número de parados registrados alcanza los 4,6 millones, y el paro total sobrepasa los 5 millones.

Si esta tendencia continúa, puede llegar el momento en que los pagos por pensiones superen a los ingresos por cotizaciones y la Seguridad Social de pensiones contributivas entre en déficit. El secretario de Estado de la Seguridad Social ha declarado que esto no se puede dar, porque la Seguridad Social recurriría al Fondo de Reserva de las pensiones creado en el Gobierno de Aznar, que supera los 64.000 millones de euros, constituido en la época de fuerte actividad económica.

Si llegara a suceder que la Seguridad Social tuviera que acudir al Fondo de Reserva de las pensiones para equilibrar sus cuentas, ello no quiere decir que el sistema de pensiones contributivas de la Seguridad Social no aparecería en la contabilidad nacional con necesidad de financiación que se compensaría con la capacidad de financiación del Fondo de Reserva de las pensiones.

Tal hecho incrementaría el déficit de las Administraciones públicas en dicho importe, precisamente en el momento en que las Administraciones públicas españolas, por mandato de la Comisión Europea, está en un periodo de reducción del déficit público para que en 2013 no sobrepase el 3% del PIB.

Si ya el cumplimiento del mandato de la Comisión Europea es prácticamente imposible de cumplir, y España ha pedido un alargamiento del plazo, ¿qué medidas tiene previstas el Gobierno para que si, a consecuencia de la recesión que padecemos, el sistema de pensiones contributivas entrara en déficit y la Comisión Europea nos exigiera el cumplimiento del plan de reducir por debajo del 3% del PIB el déficit público total de las Administraciones públicas en 2013?

Nos encontramos en una situación muy difícil y la Comisión Europea nos estará vigilando continuamente por ser muy sensible a los temas de cumplimiento por los Estados miembros del techo máximo de déficit que el Tratado de la Unión fija a los citados Estados.

En 2009, el déficit público llegó a alcanzar el 11,2% del producto interior bruto; la Comisión Europea impuso a España un plan de reducción del déficit público con el objetivo de que al finalizar 2013, el déficit no sobrepasara el 3% del PIB. El plan se ha ido desarrollando con normalidad hasta 2010; sin embargo, en el año 2011 la necesidad de financiación de las Administraciones públicas se ha situado en el 8% del PIB cuando lo previsto en el plan era el 6%.

Dado que a consecuencia de la crisis que padecemos puede originarse un déficit en el sistema de pensiones públicas contributivas, debería estudiarse el cambio del sistema de reparto a uno de capitalización.

El cambio del sistema de reparto de pensiones públicas contributivas por uno de capitalización gestionado por el sector público no tiene efectos sobre el déficit público, como demostré en mi conferencia del 2 de agosto de 2011 en Santander (curso de Economía) El sistema público de pensiones en España: viabilidad en un entorno de crisis demográfica y económica.

El sistema de pensiones público español gestionado por el sistema de reparto pertenece al grupo de prestaciones definidas contemplado en el SEC y el paso al sistema de capitalización supone para los trabajadores pertenecientes al mismo un cambio en la estructura de sus prestaciones, ya que se modifica la fórmula para calcular estas. Por tanto, la constitución de la provisión que garantiza los derechos de los trabajadores en activo a las pensiones en curso de adquisición en el sistema de reparto, que obligatoriamente por ley han de pasarse al régimen de capitalización, se efectuará con cargo a patrimonio, no teniendo incidencia en la necesidad de financiación de las Administraciones públicas, según establece el SEC-95.

José Barea. Catedrático emérito de la UAM

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