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Tribuna
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Globalización y regulación contable

El proceso de adopción de las IFRS (siglas en inglés de Normas Internacionales de Información Financiera) no puede ser completo sin hacer un análisis de las consecuencias derivadas del mismo. Aunque en un primer momento pudiéramos pensar que dicho proceso, inicialmente propuesto por la Unión Europea y extendido de manera casi universal, pudiera ser algo únicamente contable o económico a lo sumo, la realidad es que lleva consigo una serie de consecuencias económicas y/o sociales, esperadas y/o no esperadas, deseadas y/o no deseadas que merecen una reflexión ya que obviarlas sería ignorar una parte importante del proceso de regulación contable, ahora más internacional y globalizado que nunca.

Las consecuencias esperadas serían aquellas relativas a las características fundamentales de la información contable y que tratan de mejorar dichas cualidades. Serían las relacionadas con el aspecto informativo de dicha información. Los cambios en las normas contables deberían tener (es una consecuencia que esperamos) un cierto efecto positivo sobre la comparabilidad, la relevancia, la oportunidad, la transparencia o la capacidad predictiva. Es decir, debe mejorar la calidad de la información contable y por tanto facilitar el proceso de toma de decisiones por parte de los usuarios.

De esas primeras consecuencias esperadas, y también deseadas, se podrían derivar otras, de carácter más directamente económico, como serían el impacto en el coste de la deuda o en el coste del capital (idealmente disminuyéndolos), o el incremento en la relevancia valorativa de dicha información (entendida como la capacidad informativa de las variables contables para explicar los valores de mercado). Las consecuencias económicas informativas han sido ampliamente estudiadas en la literatura y en general se concluye que efectivamente se produce una mejora en dichas propiedades (especialmente para la relevancia) aunque sin poder demostrar la causalidad entre las IFRS y la mejora de la calidad debido a la posible presencia de otros incentivos y al efecto del entorno económico.

Las consecuencias no esperadas han recibido menor atención y, a nuestro juicio, deberían ser ahora más tenidas en cuenta que nunca. Un ejemplo lo encontraríamos en la propuesta de norma relativa a la capitalización de los arrendamientos operativos donde se espera un efecto mejora informativo pero que puede producir efectos no esperados como los derivados de cambios en la posición relativa de las empresas en términos de endeudamiento o rentabilidad o el incremento en los costes de cumplimiento. En este caso, las consecuencias se derivan tanto del rol informativo como contractual de la información contable y por tanto también podríamos encontrarnos con efectos en contratos como préstamos bancarios, remuneraciones o pagos de dividendos. En algunos casos estas consecuencias no esperadas serán deseables y en otras, no tanto.

Y no podemos dejar de referirnos a las consecuencias que, yendo más allá de lo puramente económico, tienen que ver con los aspectos sociales de la empresa. Aquí hablaríamos de consecuencias no esperadas, deseadas o no, como podrían ser las relacionadas con la responsabilidad social corporativa, el gobierno corporativo o efectos más nacionales, como podrían ser los procesos de democratización de países como China donde, en el año 2005, se anunció la apertura de un proceso de convergencia (aunque no adopción de momento) de las IFRS, lo que ha constituido, sin duda, un signo de apertura al exterior.

Creemos que es necesaria la discusión entre todos los agentes implicados, empresas, instituciones, auditores, académicos, inversores, analistas y reguladores, en relación a la definición, clasificación y medición de dichas consecuencias ya que su estudio y evaluación constituyen un aspecto clave del proceso de internacionalización de la elaboración de información financiera. Al respecto, tanto el IASB como el EFRAG han incluido, como parte desarrollo normativo, el análisis de los efectos de la normativa contable.

Artículo ganador del Premio AECA 2012 (Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas)

M. æeuro;ngels Fitó / Soledad Moya. Universitat Oberta de Catalunya / EADA Business School

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