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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

La garantía de los depósitos en Europa

La Unión Europea ha tratado de armonizar en el último año los diversos criterios de protección de los depósitos de los particulares en los bancos, a raíz de la carrera abierta entre sus miembros tras la quiebra de Lehman Brothers, en otoño de 2008. Pero la creación de un instrumento único de garantía de los ahorros bancarios tendrá que esperar, porque prácticamente ninguna institución considera que hoy sea posible ponerlo en marcha. Hasta la llegada de esta crisis financiera existían tantos criterios de protección como países; pero desde hace ya un año, tras el nerviosismo generado en algunos países por los problemas de su sistema financiero, como Irlanda, Reino Unido, Alemania u Holanda, Bruselas estableció la garantía de hasta 100.000 euros por cada impositor y banco en todo el territorio. Con este límite, que entrará en vigor en julio, pues hasta entonces la garantía sólo alcanza a 50.000 euros por ahorrador, más del 90% de los ahorros de los europeos están asegurados por los Tesoros de sus países.

Pero dar el salto a un instrumento financiero que cubriese los riesgos sobre los depósitos a nivel comunitario tiene dificultades difíciles de salvar. En primer lugar, no parece compatible establecer un sistema de garantía si no existe previamente un mecanismo de supervisión y control del riesgo, que utilice criterios idénticos para todas las entidades financieras que operan en el espacio europeo, y si no existe un protocolo de salvamento de entidades en caso de crisis súbitas, que determine quién toma las decisiones y quién financia el rescate para atajar posibles contagios. Si la supervisión europea controla los movimientos bancarios, exige más capital a quien asume más riesgo y evita las crisis porque conoce al centímetro el riesgo de cada cual, tanto en financiación como en préstamos, no sería necesario un seguro de garantía para los depositantes.

Si se establecen tales parámetros anticrisis, la financiación del fondo de garantía de depósitos comunitario que se diseñe debe tener en cuenta la naturaleza bien diferente de los bancos en cada país, tanto de sus mecanismos de financiación como de sus niveles de exposición del activo. No hay dos países iguales en financiación de su sistema financiero, como no hay dos iguales en la gestión del riesgo del crédito, ni en cantidad ni en calidad, lo que hace muy difícil determinar qué parte de la bolsa de garantía financia cada país o cada banco.

Un mecanismo unitario que financien todos los bancos por igual puede convertirse en el mejor ejercicio de riesgo moral, dado que puede darse el caso de que un país con alto grado de bancarización, intensivo en banca comercial y con financiación mayoritaria de ahorro privado, soporte la bancarrota de un banco de otra nacionalidad e intensivo también en financiación minorista, pero con una concentración de riesgo en banca de inversión.

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