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Columnista - Juan Antonio Santamera Sánchez

El futuro de las profesiones

El autor reflexiona sobre la futura Ley de Servicios Profesionales que prepara el Gobierno y advierte de los pros y los contras de la propuesta y de cómo puede afectar a las profesiones técnicas.

  • meneame

Juan Antonio Santamera Sánchez - 14/12/2012 - 08:25

La llamada Ley Ómnibus de 2009, transposición de una directiva europea de diciembre de 2006 relativa a los servicios en el mercado interior, fue un primer instrumento normativo para modificar y liberalizar el sector servicios y afectó de modo importante a las profesiones regladas, las ingenierías en particular. En concreto, introdujo 18 modificaciones a la Ley de Colegios Profesionales de 1974, preconstitucional por tanto, que había regulado hasta entonces el funcionamiento de dichas instituciones. Entre otras modificaciones, desaparecieron la colegiación obligatoria -que ya solo rige cuando así lo dispone una ley estatal-, la obligación del visado y la posibilidad de publicar baremos indicativos de precios de los diferentes servicios. El visado profesional quedó posteriormente regulado mediante el Real Decreto 1.000/2010, de 5 de agosto, que incluye la obligación del visado en la edificación y en ciertas obras relacionadas con explosivos y minería, pero no declara obligatorio el visado de ninguna obra pública, ni siquiera de aquellas de cuya solidez y estabilidad depende de forma muy obvia la seguridad de las personas.

En definitiva, se requiere certificación colegial para proyectar y construir un edificio de viviendas u oficinas pero no para diseñar y construir un puente o una presa. Aquella Ley Ómnibus disponía que en el plazo de un año se promulgaría una disposición también con rango de ley que determinase las profesiones para cuyo ejercicio sería obligatoria la colegiación. Y aunque circularon varios borradores del Gobierno anterior, aquella norma no llegó a promulgarse.

En septiembre pasado, el Gobierno aprobaba su plan estratégico de política económica, que habría de desarrollarse durante el primer semestre de 2013 y que incluía el envío al Parlamento de un proyecto de Ley de Servicios Profesionales encaminado a "fomentar la competencia en este segmento del sector servicios". El objetivo no es cuestionable, pero parece claro que hay que compatibilizarlo con otros designios tendentes a mantener la calidad de las prestaciones y de los servicios públicos a ellas vinculadas, y a preservar la buena salud y el elevado prestigio de nuestras empresas, en buena medida basado en la competencia irreprochable de los técnicos que trabajan en ellas.

Lógicamente, desconocemos los términos en que el Gobierno planteará su propuesta, pero algunas declaraciones todavía de carácter general y faltas de concreción han hecho cierto hincapié en la eliminación de la mayoría de las reservas de actividad, que se correspondían en el pasado con dominios de colegiación obligatoria. En este sentido, convendría prevenirse contra una excesiva desregulación de las profesiones técnicas, ya que, de un lado, es irreal asimilarlas entre sí como si fueran meras especialidades de una misma ingeniería -difícilmente las presas que proyecta el ingeniero de caminos podrán ser ejecutadas por el ingeniero naval, ni el buque que este construye podría quedar en manos de un ingeniero agrónomo-, y, de otro lado, la calidad de nuestros técnicos, que redunda en el ya mencionado e indudablemente reconocido prestigio internacional de nuestras empresas de ingeniería y de servicios, es consecuencia de la excelente preparación de nuestros ingenieros, clasificados por las especialidades que son usuales en la comunidad internacional.

En definitiva, y como ha manifestado la Unión Profesional de Colegios de Ingenieros, la regulación que finalmente se plantee de las ingenierías "no puede ser ajena a la reciente adaptación que se ha realizado en España de las titulaciones universitarias para su adecuación al Espacio Europeo de Educación Superior (Bolonia). Este nuevo marco (Real Decreto 1.393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales) ha definido con claridad qué títulos universitarios habilitan para el ejercicio de profesiones reguladas (con lo cual no existe problema para su identificación) y también ha establecido qué competencias se deben adquirir para ejercer determinadas profesiones. Por ello, lo razonable es que el ejercicio profesional de las diferentes profesiones reguladas de ingeniería se fundamente en dicho marco".

"Basta con un análisis de las diferentes órdenes que establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habilitan para el ejercicio de las diferentes profesiones de ingeniero (aeronáutico, minas, navales, caminos, canales y puertos, montes, industrial, telecomunicación y agrónomo) para percatarse de que el núcleo general de conocimientos académicos es sumamente específico en cada una de las ramas de ingeniería. De esta forma, parecería absurdo que alguien que haya obtenido los conocimientos que le habilitan para ejercer una concreta profesión regulada de ingeniero -naval, industrial, de montes, etc.- pudiera disponer de atribuciones profesionales sobre un área ajena a sus conocimientos".

En lo relativo al visado, el citado Real Decreto 1.000/2010, de 5 de agosto, establece en el artículo 2 el visado obligatorio en los proyectos de ejecución de edificación, certificados de final de obra de edificación, proyectos de demolición de edificaciones y otros casos singulares relacionados con explosivos y con la minería. De nuevo hay que decir que es un sinsentido garantizar la idoneidad de quien proyecta un edificio y no de quien construye un puente, pongamos por caso. A nuestro juicio, el real decreto debería revisarse íntegramente con más ecuanimidad.

Por último, no cabe desconocer que el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos mantiene un seguro de responsabilidad civil que protege a todos los colegiados. Tal garantía para la sociedad solo tiene sentido en un marco regulatorio de reserva de actividad y de colegiación obligatoria. La desaparición del seguro dejaría desvalida en la práctica a la sociedad civil.

En suma, los ingenieros de caminos creemos que una mayor competencia en los servicios ha de ser positiva para la economía, pero no de manera desordenada ni exacerbada, si no queremos que la competitividad mal entendida termine deteriorando la solvencia de las prestaciones. Por lo mismo, nada nos agradaría más que poder participar con nuestro asesoramiento en la elaboración de las normas que ha de conjugar la liberalización efectiva de la economía con la preservación de la calidad de nuestras actuaciones empresariales y de la profesionalidad de nuestros técnicos, cuyo acomodo intelectual y personal en el seno de los colegios ha demostrado ser una salvaguarda para la excelencia.

Juan Antonio Santamera Sánchez. Presidente del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos


Comentarios

  • 1 Cuqui - 20-03-2013 -11:20:07h

    Mi comentario va más hacia la línea de los comentarios leídos que hacia el artículo que contestan, ya que si las ideas del artículo son discutibles, como cualquier opinión humana, la línea que siguen los comentarios me parece menos de recibo. ¿Es lógico que tengamos ministros o directores generales que no tienen, ni han tenido ningún conocimiento sobre el ministerio en que trabajan?¿Alguien ha puesto el grito en el cielo por eso? Pues la consecuencia es de cajón: Estos señores son los que piensan que para hacer un trabajo tampoco hacen falta determinados conocimientos o experiencia. Suponen con muy buen criterio, acorde como les va a ellos, que sin ninguna preparación están en uno de los puestos con mayor capacidad de decisión de este país, que para hacer halgo sólo es cuestión de ponerse a ello y si descarrila que descarrile.

  • 2 flack - 16-01-2013 -19:45:20h

    Alemania, Francia, Inglaterra, etc...disponen de un mercado liberalizado. El mismo que se trata de implantar con esta ley impulsada por la UE y muy tarde.1º ¿NO PARECE QUE A ELLOS LES VAYA MAL?....2º ¿ES MEJOR EL NIVEL DE TECNOLOGICO Y DE PRESTACION DE SERVICIOS ESPAÑOL AL DE ESTOS PAISES?3º¿PARA QUE SIRVEN LOS COLEGIOS/MAFIAS PROFESIONALES?4º¿EL HECHO DE SER ABOGADO TE EXIME DE SER UNO DE LOS MEJORES CALCULISTAS DEL MUNDO?.¿PORQUE?....RECUERDEN A BOOLE5º¿QUIEN VA A ENCARGAR UN DISEÑO EN EDIFICACIÓN A ALGUIEN QUE NO SEA ARQUITECTO?Menos lobos, que de lo que se trata es de dar las competencias a los competentes, no a un trozo de papel.....

  • 3 Daniel - 13-01-2013 -19:03:21h

    Trabajo desde hace años con Ingenieros, Arquitectos y Aparejadores. Siempre en colaboración y con resultados muy satisfactorios. Lamento escuchar algunos comentarios de desprecio a dichas profesiones por ser injuriosos y de desconocimiento total de ellas.La desregularización de esta ley, me preocupa profundamente ya que en un país como el nuestro donde titulados sin capacidad ni experiencia (titulados analfabetos en diferentes campos) piensan que pueden hacer de todo, podrían ejercer en campos totalmente alíenos al los suyos. En definitiva y por desgracia en un país donde la irresponsabilidad y el poco sentido común imperan.

  • 4 Agronom - 09-01-2013 -14:53:53h

    Se les acabo por fin el chollo a los arquitectos a esos que proyectan cocheras sin tener claro el concepto de curvatura/ radio de giro, a aquellos que distribuyen el saneamiento de una casa sin conocer lo que son las perdidas de carga o ni siquiera saben lo que es un seccionador o contactor, a esos que no saben distinguir entre el calculo plástico o elástico de una estructura.Por fin empieza la era de la competitividad y racionalidad en la edificación civil. A partir de ahora los arquitectos competirán con los de bellas artes para asesorar a ingenieros en lo que se refiere al color de las fachadas y la forma de los cerramientos. Esto lo escribe un ingeniero agrónomo especializado en ingenieria rural que ha trabajado subcontratdo por arquitectos durante casi 20 años.

  • 5 BALSE - 08-01-2013 -23:44:30h

    Si llevan a cabo la liberalización, que la hagan para todos; café para todos y para cualquier especialidad y que no solo levanten la veda en la edificación, por que como dice el borrador, si por tener conocimientos por ejemplo de instalaciones industriales, entonces puedo diseñar una minicentral, competencia exclusiva de ICCP, entonces, pues que me dejen hacerlo.El orden está bien y por eso las reservas competenciales existen, lo que no vale es quítate tú para ponerme yo, porque sí tu eres aeronáutico, pues calculas estructuras aeronáuticas, y no porque la estructura del ala de un avión responda, básicamente, a la ley de momentos de una viga en voladizo cualquiera, eso se considere fundamento suficiente para que por ejemplo los industriales eléctricos, y solo por haber estudiado resistencia de materiales, podría resultar que también tienen los fundamentos necesarios para calcular estructuras de aviones?., como todo es resistencia de materiales?. De todas formas los industriales eléctricos y solo por tener esa asignatura en su currículo, ¡¡hasta pueden firmar una central nuclear completa, incluida la cúpula de contención, calculada a sismo?..!!.Lo que debe haber es un orden y establecer unas reservas claras para cada profesión, como pasa en Europa con la arquitectura. En ningún país de Europa ningún ingeniero puede hacer el proyecto de un edificio que hace un arquitecto, ni siquiera siendo un súper ICCP español. Está muy bien ser de Caminos y tener atribuciones, hasta para firmar hasta un equipo de acero a presión para una planta industrial, pero los arquitectos firman solo proyectos para los que han recibido formación específica, que es en todos los campos, sí en todos, lo que se deben considerar en el diseño de cualquier proyecto de edificación, residencial, etc, aunque, por centrarse más en la parte arquitectónica y por error suyo de concepto, no usen esa formación a plena potencia en el desarrollo de su ejercicio profesional, aunque cada vez más lo van haciendo, pero la formación académica la tienen y parecida a la de los ingenieros, tanto en instalaciones, como en estructuras y mucho más en temas de construcción, y en proyectos de edificios. Pienso que tampoco por tener formación en estructuras deban proyectar puentes, y solo por tener formación en geotecnia y en estabilidad de taludes, no deben tener en base a esa formación, la capacidad de proyectar desmontes en una mina a cielo abierto. Tampoco las piden, como sucede al revés solo por ser un súper ingeniero. Un poco de orden por favor.Si hay café para unos que lo haya para todos pero, eso sí, con el orden que se desprende del borrador, es decir atendiendo a la formación?.Todos los profesionales son capaces de estudiar cualquier materia, como sucede en las ingenierías, la arquitectura y la arquitectura técnica Españolas, en las que todos estudian (?saben?) de todo; pero eso no debería suponer que deban salirse de sus campos de especialidad. Una cosa es tener conocimientos de anatomía del oído y otra es hacer operaciones de implantes cocleares?. No me quiero imaginar, que habiendo edificios feos y otros que funcionan mal desde un punto de vista de la arquitectura y que han sido proyectados por arquitectos, que pasaría si se proyectasen por ejemplo auditorios, por un forestal o por un ICCP, ya que esos súper ingenieros españoles y aunque digan que son capaces de hacer cualquier cosa, proyectar unas paredes y un forjado, sí que lo harán, pero cosa muy distinta es plantear cualquier edificio con cierto orden y rigor, y de eso no estoy tan seguro, vamos que no se trata del proyecto de un edificio de control de una depuradora, y eso es así porque, ni tienen la formación especializada en proyectos de edificación general, ni tienen la vocación, ni el interés en esas materias, lo que se entiende así, porque si no, por vocación, serian arquitectos, (salvo casos de imposibilidad económica en el momento de estudiar sus carreras)?. Otra cosa es la formación necesaria para hacer proyectos específicos, como los de electricidad, las calefacciones, las estructuras, la construcción, etc., y eso las ingenierías que lo tengan, aunque la industrial eléctrica, y otras, no parece que sepan de todo aunque lo aparenten atendiendo a su nivel de atribuciones.El caso es que en Europa no hay súper Ingenieros como en España, en donde todos sabemos de todo. En Europa solo hay ingenieros especialistas, y el de montes está especializado en montes y por eso los avances en tecnología de montes y explotaciones forestales no vienen de España sino de ingenieros especialistas de fuera, lo que puede extenderse a cualquier tipo de ingeniería española incluida la de ICCP. En Europa si que permiten a ciertos ingenieros, aunque no a los de minas o forestales por ejemplo; el hacer proyectos específicos de edificación, a un ingeniero civil tampoco le dejan hacer un proyecto eléctrico, que en España si que pueden?.., aunque si hacen estructuras. Yo creo que quizá, finalmente, dejen el campo libre a redactar proyectos de ejecución de edificación general a los ingenieros, quedando los proyectos básicos con exclusividad para los arquitectos, que pierden esa exclusividad en los proyectos de ejecución; aunque espero que con un orden, y que por ejemplo, ni a los forestales, ni los de minas, entre otros, les dejen hacer, como pasa en Europa, los proyectos específicos, que conforman todo proyecto de edificación general.A los Aparejadores me imagino, que atendiendo al espíritu del borrador, y por tener formación en estructuras, instalaciones de edificación, en construcción, etc., finalmente les deberían permitir hacer todo tipo de proyectos específicos y quizá también los de edificios, sí le dan esas atribuciones a los ingenieros, eso si, sí les quitan finalmente, como parece que se desprende del borrador, la atribución exclusiva de la Dirección de la Ejecución de Obras de edificación general. Y eso siendo estos profesionales los únicos que tienen formación en exclusiva y orientada a desarrollar esta función, y finalmente tengan que compartir esa atribución con los arquitectos y también con todos los ingenieros, que resulten beneficiados del nuevo RD a costa, como he dicho, de los aparejadores, permitiéndoseles, en compensación, intervenir en las respectivas áreas de actividad regulada de aquellos, y que no se den atribuciones a los demás sin dárselas a los aparejadores en justa compensación a su cesión de parcela profesional en beneficio de otras profesiones.Aunque si yo tuviese poder de decisión dejaría todo como está.Un Ingeniero Técnico Industrial y Arquitecto Técnico.

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