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Editorial

El futuro financiero de los municipios

18/01/2007

Los 8.000 ayuntamientos españoles mantienen una vieja demanda ante el Ministerio de Economía y Hacienda: recuperar más de 4.000 millones de euros anuales para costear servicios crecientes, para los que ni Gobierno ni comunidades autónomas han asignado recursos. Además, este déficit anual de gestión corre un evidente riesgo de desbordarse con la absorción de población inmigrante. Pero además de saldar los déficits, quieren un mecanismo estable que les evite los números rojos. Los últimos años han azuzado el debate por considerar que las regiones absorben recursos crecientes y dejan vacías las competencias más cercanas a los ciudadanos, que deben ser cubiertas, en buena lógica, por los municipios. El criterio de Hacienda es razonable: corregir la financiación local a la vez que la autonómica, pero teniendo en cuenta que la estrechez competencial y financiera estatal no permite ya grandes cesiones de recursos.

Los ayuntamientos, ante tal panorama, se han puesto a elaborar alternativas que les den suficiencia financiera sin nuevas figuras, e incluso sin participación adicional en los tributos del Estado. Su histórico maná, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), seguirá siendo la piedra angular de sus finanzas. Pero quieren acelerar un procedimiento de actualización continua del catastro, que acerque los valores asignados a cada inmueble a su valor de mercado.

Este mecanismo, si no llevase aparejada una reducción considerable del tipo de gravamen, multiplicaría al menos por dos (en Madrid por más de cuatro) los ingresos por IBI. De otra forma: doblaría la presión fiscal en la contribución urbana, cuando ya el boom inmobiliario ha disparado los ingresos de los ayuntamientos. En todo caso, tiene lógica que si el criterio para abonar Transmisiones Patrimoniales a las comunidades es el valor de mercado, o al menos el declarado como tal, sirva también para cuantificar el IBI. Pero, en una insaciable huida hacia adelante del catálogo reivindicativo, quieren aplicar una segunda escala de progresividad al IBI, que consiste en cobrar el impuesto en función de la renta del contribuyente.



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