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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Expropiar a un precio racional

El reglamento de la Ley de Suelo que el Gobierno aprobó el pasado viernes ha introducido un cambio fundamental en el actual procedimiento de valoración del precio de los inmuebles. El texto aspira a mejorar y clarificar el sistema de determinación del valor de los bienes en un mercado -el del suelo- tradicionalmente aquejado de opacidad y falta de eficiencia. El objetivo de la nueva regulación apunta, entre otros fines, a combatir distintas prácticas especulativas que inciden de forma directa en la fijación del valor de los terrenos a efectos expropiatorios. La principal medida en este sentido es la prohibición de que, en la valoración de cualquier inmueble, se tengan en cuenta sus expectativas y aprovechamiento futuros.

No es ningún secreto que el precio que las Administraciones públicas abonan en ocasiones a los propietarios de solares expropiados excede en mucho -hasta en mil veces- su valor real. Un montante desorbitado que no solo han tenido que venir asumiendo de forma gravosa las arcas públicas, sino también las empresas concesionarias de las infraestructuras y obras construidas en los terrenos expropiados. Para remediar esa elevada distorsión entre precio abonado y valor real, el nuevo reglamento establece de forma taxativa cómo debe ser tasado el suelo y contempla todos los coeficientes que se pueden aplicar con ese objetivo, entre ellos, la localización, cercanía o lejanía a un núcleo urbano, etcétera. Con ello no se pretende fijar el precio real de los solares expropiados, sino limitar de forma racional la factura final a pagar.

Introducir criterios de mesura en un mercado especialmente vulnerable a la especulación es, sin duda, una buena noticia. También lo es la introducción de mayores criterios taxativos que refuercen la seguridad jurídica y la objetividad a la hora de establecer el justiprecio de un bien expropiado, más aún en un contexto económico de dura crisis como el actual, en el que la austeridad se ha convertido en un bien en alza.

Pero tampoco conviene olvidar que la expropiación forzosa es un acto administrativo que conlleva la lesión a un patrimonio privado y que esa lesión debe ser compensada de forma justa y suficiente. En ese sentido, no faltan voces que alertan del riesgo de que con la nueva normativa el precio abonado al propietario expropiado pueda estar por debajo del coste a pagar por este para obtener un bien sustitutivo en el mercado. Como ocurre con toda norma legal que echa andar, habrá que estar atento a esas posibles distorsiones para subsanarlas de forma conveniente y adecuada.

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