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Tribuna
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Estrategias acertadas con medidas insuficientes

La reforma laboral, articulada por decreto ley, tiene entre sus principales objetivos reducir la dualidad y la temporalidad del mercado de trabajo, reforzar la flexibilidad interna negociada en las empresas, incentivar especialmente el empleo de los jóvenes y dinamizar la intermediación laboral, con la finalidad última, en su conjunto, de impulsar la recuperación del empleo. Estas estrategias parten de un diagnóstico adecuado del problemático mercado de trabajo español, están bien definidas y son acertadas, pero no están acompañadas de medidas suficientes, ni en ocasiones equilibradas, en el logro efectivo de los objetivos propuestos.

Por un lado, es difícil que las medidas planteadas reduzcan de manera contundente la dualidad y la temporalidad del mercado de trabajo. La práctica generalización del contrato de fomento de contratación indefinida con un despido objetivo improcedente de 33 días de salario por año, la precisión de las causas empresariales en el despido objetivo de 20 días salario por año y la cobertura del Fogasa de 8 días salario por año en estos despidos son medidas, en principio, positivas que pueden incentivar la utilización de contratos indefinidos por parte de las empresas y racionalizar los costes extintivos.

Sin embargo, las causas empresariales del despido objetivo tienen, a pesar de su redefinición, un margen importante de incertidumbre judicial, que puede reproducir el actual dominio del despido improcedente.

Si a ello se une que el marco normativo de contratación temporal, con excepción del acierto de limitar la duración máxima del contrato de obra, queda prácticamente intacto, y que no se mejora la errática contratación indefinida a tiempo parcial, no parece que estos instrumentos puedan ser capaces de romper definitivamente la dualidad entre fijos y temporales, convirtiendo el contrato indefinido en el eje de nuestras relaciones de trabajo.

Por otro lado, es complicado que las medidas adoptadas sean suficientes para impulsar de manera estructural la flexibilidad interna negociada en la empresa y para conectar los salarios con la productividad.

La mejora de los procedimientos de modificación negociada en la empresa de las condiciones laborales y salariales por causas empresariales a través de, esencialmente, la utilización de medios extrajudiciales de solución de las discrepancias, incluido el arbitraje a instancia de una de las partes, puede incentivar la negociación y desbloquear vetos en estas decisiones, facilitando la flexibilidad interna frente a los habituales ajustes de empleo en situaciones adversas. Sin embargo, queda pendiente la importante reforma de la negociación colectiva que es la que realmente puede estructurar la flexibilidad interna negociada y conectar los salarios con la productividad en las empresas.

La reforma aprobada mejora los escenarios de reacción frente a las situaciones coyunturales difíciles de las empresas pero no crea nuevas reglas de negociación colectiva capaces de lograr, en términos estructurales, los objetivos propuestos.

El incentivo del empleo de los jóvenes, con cambios significativos en la política de bonificaciones, y la dinamización de la intermediación laboral, mediante la apertura privada de las agencias de colocación con ánimo de lucro, son, por su parte, objetivos loables que necesitan de otras líneas de acción, como reformas en la formación de los trabajadores y en la protección social por desempleo, y que están estrechamente conectados con la difícil superación de la segmentación entre fijos y temporales de nuestro mercado de trabajo.

En definitiva, la reforma laboral tiene estrategias acertadas con medidas todavía insuficientes en el logro efectivo de sus objetivos. La tramitación parlamentaria como ley del decreto ley de reforma del mercado de trabajo es una excelente oportunidad para mejorar técnicamente las medidas adoptadas, añadir nuevos instrumentos con una mayor capacidad de transformación y ampliar las líneas estratégicas con más ambición.

Jesús Lahera Forteza. Profesor Titular de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense

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