El Tesoro español ha querido salir al paso, antes de la apertura de los mercados, de las dudas sobre si el préstamo para recapitalizar la banca tendrá prioridad en el orden de pago respecto a la deuda pública estándar. En una nota publicada anoche, el Tesoro señala que el rescate "no socavará las condiciones de la deuda del Tesoro en circulación", si bien no ofrece más detalles al respecto.
Nada más conocerse el rescate bancario, algunos expertos planteaban que, en función de cómo se pusiera en marcha, podría tener efectos sobre la deuda española en circulación. Si el organismo que presta el dinero es el fondo europeo de estabilidad financiera, o EFSF, el mismo que ha prestado dinero a Grecia, Portugal o Irlanda, los préstamos tienen la misma prioridad, u orden de prelación, que el resto de la deuda pública.
No obstante, si es el mecanismo europeo de estabilidad, o ESM, que estará en vigor a partir de julio, entonces los préstamos con el ESM tienen prioridad respecto a la deuda pública, y solo están por detrás de los préstamos del FMI. Esto haría que la deuda pública española fuese menos segura a raíz del rescate, y podría disuadir a los inversores y complicar la financiación del Estado.
De hecho, el Gobierno finlandés aseguró el fin de semana que, si el créditos se activa mediante el EFSF (y por lo tanto queda a la misma altura que la deuda pública), solicitará que España deposite colaterales con Finlandia para desembolsar la parte correspondiente.
El Tesoro, en todo caso añade que el crédito reforzará la solidez de la deuda española a largo plazo, al reducir posibles compromisos futuros ligados a la recapitalización del sector bancario. Finalmente, el Tesoro se compromete a cumplir el calendario previsto de emisiones.
Comentarios
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1 Eduardo, un eurolandés errante - 11-06-2012 -19:15:52h
Me sentiría mas tranquilo si detrás del Tesoro no estuviese Ali Baba.
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2 EA - 11-06-2012 -14:11:42h
La prioridad son los vencimientos de la deuda,no podria ser de otro modo, dado que no se está ante un rescate Pais, y lo contrario de no ser asi, nos estaria condicionando,o impidiendo la Financiación de España en los mercados en clave Pais, dado que afectaría a la demanda y la deuda Soberana y su calificación, devolución no es exactamente del Estado aunque este lo garantice y la gestiones, aun en supervisión logica entidades dado que es dinero canalizados por la UE y el FMI, de ahi que seria logico las información, - no puede ser considerado, como un "prestamo castigo"- ahi que extremar los perfiles de la operación es importantes por varios motivos, y objetivos clave para el conjunto de la UE, los intereses del prestamo se puede arbitrar como opción que opera de manera dual, la devolución inicial y por un periodo de tiempo devolutivo pactados- serian respecto de los intereses del prestamo, lo que financieramente se denomina " plazo de carencia" para el principal, que no seria amortizado inicialmente y durante un periodo de tiempo obviamente respecto de la parte de las sumas efectivamente desembolsadas, señalando la operación de amortización a un plazo prudencial, de ahi que la supervisión debe contemplar en positivo la capacidad financiera del banco Entidad acogida al efecto, de acuerdo con su potencial de negocio y actividad, ello digeria mas facilmente la operación para todos, a su vez lo seria en linea de negocio en el ambito de la capitalización no estrictamente nominal que se persigue, ya que se veria vinculada las sumas inyectada por via indirectas a la economia productiva, del o parte del capital amortizable, teniendo en cuenta que la devolución corre de cuenta de las entidades financieras, que deben suscribir el protocolo de adhesión a la ayudas, lo que permitiria retroalimentar mediante las disposicion efectiva la generación de plusvalias obtenidas por parte de las entidades que se encuentran logicamente en el mercado, y destinarlo a su vez al pago de las cantidades que finalmente se inyecten al sistema, que podria ser también en clave financiera como economica -creo-.