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Seguros podrá vetar que una entidad opere en un país de fuera de la UE

La Dirección General de Seguros (DGS) podrá limitar la expansión internacional de una aseguradora. Así lo contempla el borrador de la Ley de Supervisión de Seguros Privados (LSSP) que ha preparado el supervisor y que será debatido mañana con aseguradoras, mediadores, peritos, actuarios, consumidores, sindicatos y gestoras de pensiones.

Este texto especifica que toda compañía que quiera dar el salto a un país no miembro de la UE deberá solicitar permiso al supervisor con un mes de antelación. Tanto da que quiera constituir una compañía, adquirir una participación mayoritaria en una sociedad local existente o fijar una sucursal.

El anteproyecto de ley señala en su artículo 44 que "cuando las actividades citadas perjudiquen la situación financiera y de solvencia de la entidad, la DGS podrá acordar motivadamente la prohibición de dichas actividades o establecer condiciones para su realización".

Hoy cinco entidades españolas tienen presencia fuera de la UE. Son Mapfre, Catalana Occidente (Atradius), Cesce y las aseguradoras de Santander y BBVA. Sin embargo, Caser sopesó el salto a Costa Rica hace un par de años y Mutua Madrileña ha reconocido su interés por crecer en América Latina y Europa del Este. A su vez, lo lógico es que Vidacaixa acompañe tarde o temprano a CaixaBank en su periplo internacional.

La LSSP traspone al ordenamiento jurídico español la directiva Solvencia II sobre cálculo de requisitos de capital y gestión de riesgos. La norma debería ser aprobada en el último trimestre del año.

Externalización

El supervisor permite a las aseguradoras españolas en la nueva Ley de Supervisión de Seguros Privados recurrir a agencias de suscripción para que diseñen y distribuyan sus pólizas. Hasta ahora, solo las compañías extranjeras podían recurrir a estas entidades.

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