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Economía no pone fecha límite a este requerimiento

El Gobierno exigirá una solvencia del 9% a toda la banca desde enero

La ortodoxia bancaria dice que un sistema financiero es más resistente cuanto más alto sea su capital, al margen de cómo afecte eso al crédito. España lo ha asumido y, tal y como le pedía Bruselas, exige un 9% de capital a toda la banca a partir del próximo 1 de enero.

La vicepresidenta del Gobierno, ministra de la Presidencia y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, junto a los ministros de Economía, Luis de Guindos, de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, y Hacienda, Cristóbal Montoro
La vicepresidenta del Gobierno, ministra de la Presidencia y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, junto a los ministros de Economía, Luis de Guindos, de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, y Hacienda, Cristóbal MontoroEfe

El largo camino hacia la curación del sistema financiero español ha pasado ya por unas cuantas reformas que han ido aumentando la necesidad de capital de la banca. Primero fue la exigencia del 8% para las firmas cotizadas (un 10% para las cajas que no lo estaban), luego el 9% requerido por la Autoridad Bancaria Europea (la EBA, por sus siglas en inglés) para las entidades más grandes y ahora será esa misma cifra para todos los bancos a partir del 1 de enero del año próximo.

Así consta en el borrador de real decreto de reestructuración y resolución ordenada del sistema financiero que prepara el Ministerio de Economía y que en buena parte sigue al dictado lo exigido por Bruselas en el Memorando de Entendimiento que regula el rescate de hasta 100.000 millones para la banca nacional. "Las entidades de crédito españolas deberán cumplir, al 31 de diciembre de 2012 y al menos hasta finales de 2014, un coeficiente de capital común de primer nivel de al menos un 9%", decía el documento comunitario. "Deberán contar con un capital principal de, al menos, el 9% de sus exposiciones totales ponderadas por riesgo", traslada la legislación que tiene previsto aprobar el Gobierno nacional.

De la redacción del borrador, que está sujeto a cambios, se deduce que España no tiene intención de poner límite a este requisito. Bruselas hablaba de un horizonte temporal hasta finales de 2014. El Gobierno lo fía a la eternidad, algo que en el sector no ha sorprendido. "No tiene mucho sentido que una entidad consiga un capital del 9% y luego pueda perderlo. Se supone que esta recapitalización busca reforzar la capacidad de la banca de asumir más pérdidas de las esperadas, así que no es lógico bajar el capital una vez conseguido", explican fuentes del mercado.

La segunda parte de la ecuación es la fórmula para computar ese capital principal, el de máxima calidad. Bruselas determina que serán los principios de la EBA los que rijan el cálculo y Economía así lo traslada. Aunque de hecho los bancos ya estaban asumiendo parte de esos criterios de forma bastante amplia, el borrador especifica que los instrumentos convertibles en acciones (los famosos cocos, los bonos contingentes convertibles) son capital principal, por ejemplo.

Otros criterios, sin embargo, endurecen la tarea para la banca y ponen más difícil reforzar la solvencia. De hecho, parte de las nuevas exigencias suponen adelantar los requisitos de Basilea III, la nueva regulación de requisitos de capital que las entidades contaban con tener más tiempo para aplicar.

Para Santander, BBVA, La Caixa y Popular la nueva medida no supone sobresalto alguno: estaban entre las entidades que ya debían cumplirlo. Bankia también estaba en ese grupo, pero su situación particular la ha hecho saltar a otro club: el de las entidades rescatadas, con otros requerimientos en estos momentos. Pero para el resto del sector, sobre todo para las entidades medianas, se abre una carrera contrarreloj para llegar a la meta.

Y es que todo el sector tiene que aumentar su solvencia en un momento en que le afloran pérdidas por todas partes, ya sea por la exigencia de aumentar las provisiones sobre determinados activos o porque tengan que ajustar valoraciones a precios de mercado. Y más a partir de septiembre, cuando terminen las auditorías que se están realizando sobre la salud de su riesgo inmobiliario.

De ahí que el Gobierno haya establecido en el borrador unos plazos muy concretos para llegar a ese 9% y la forma de actuar si no se consigue. El 1 de enero de 2013 es la fecha clave. Las entidades que hayan incumplido tendrán 20 días para presentar ante el Banco de España la estrategia y el calendario para su cumplimiento antes del 30 de junio de 2013. El supervisor tendrá 15 días para aprobar el plan que se le presente y "podrá exigir la inclusión de las modificaciones o medidas adicionales que considere necesarias para garantizar el cumplimiento de la cifra de capital principal exigible", señala el borrador. De todas maneras, las entidades deberían saber con antelación si van a poder llegar o no al 1 de enero de 2013 con esa meta superada. Si creen que van a fracasar tendrán que comunicarlo al Banco de España, "quien deberá aprobar la estrategia y el calendario de cumplimiento tentativos presentados por la entidad para el caso de que se confirme dicho incumplimiento, todo ello según los plazos señalados anteriormente", añade.

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