_
_
_
_
_
Regulación

El futuro del negocio de asesoría financiera, todavía en el aire

La Mifid trata de profesionalizar la venta de productos a los clientes

El futuro profesional de las alrededor de 150.000 personas que se dedican al asesoramiento financiero, según fuentes del sector, todavía está borroso. La Directiva de Mercados de Instrumentos Financieros (Mifid) regula esta figura, pero aún hay dudas sobre las exigencias que habrán de cumplir y de qué forma obtendrán sus ingresos.

El reglamento que desarrolla la Mifid, transpuesta con la reforma de la Ley del Mercado de Valores aprobada el pasado 29 de noviembre, todavía no ha visto la luz y, en cualquier caso, deja sobre el tapete un buen número de dudas sobre las Empresas de Asesoramiento Financiero (EAFI), la forma jurídica que adoptarán las empresas de servicios de inversión dedicadas en exclusiva a esta función. Sí, deberán estar registradas en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), pero no están tan claro cómo podrán ganar dinero.

Así, Antonio Moreno, director de autorizaciones y registro de entidades de la CNMV, afirmó ayer en la jornada 'El impacto de Mifid en las entidades que prestan asesoramiento financiero' que 'el asesoramiento independiente supone que hay que cobrar por este servicio y que no es compatible con la retrocesión de comisiones. Si se quiere engrandecer el servicio, no puede envilecerse con otros pagos'. La retrocesión de comisiones supone que el intermediario obtiene algún tipo de incentivo o retribución por parte del distribuidor si coloca su producto. Sin embargo, la Mifid estipula que la transparencia ha de presidir las relaciones entre los clientes y los intermediarios, de tal forma que éstos informen de la existencia, naturaleza y cuantía de los pagos realizados por terceros ajenos al cliente. Sin embargo, Moreno va más allá y afirma en relación a las empresas dedicadas al asesoramiento, que 'la transparencia no es solución, puesto que el conflicto está servido cuando un asesor recibe una retrocesión'.

Unas 500 entidades extranjeras quieren registrarse en España para asesorar

Las asociaciones de sector coinciden con esta visión: 'Sería comprensible una regulación específica para las empresas dedicadas al asesoramiento, si bien informar al cliente debería ser suficiente en el resto', afirma Carlos Tusquets, presidente en España de la Asociación Europea de Planificación Financiera (EFPA). Salvador Cerezo, que preside la Asociación Nacional de Asesores Financieros (ANAF), afirma que 'es lógico que haya que pagar por el asesoramiento para que éste sea realmente independiente'.

Otro problema son las exigencias para registrarse como EAFI. Moreno afirma que habrá de buscarse el punto intermedio: 'Si el registro es muy difícil, incentivaremos la actuación irregular, pero si es muy poco exigente tampoco conseguiremos nuestro objetivo'. Sobre esto, Tusquets resalta que 'es muy importante que la CNMV sea muy exigente en los requerimientos básicos'.

El director de autorizaciones y registro de la CNMV también advirtió que la nueva regulación de empresas dedicadas sólo al asesoramiento ha provocado un efecto llamada, puesto que al regulador 'han llegado 500 pasaportes de entidades extranjeras'. 'La guerra estará en aumentar la calidad y no en reducir los costes', aseguró Antonio Moreno.

Un nuevo tipo de intermediario

El reglamento que desarrolla la reforma de la Ley del Mercado de Valores distingue cuatro tipos de empresas de servicios de inversión. Cada una con sus exigencias y sus cometidos (véase gráfico), aparte de las entidades de crédito, que pueden prestar todos los servicios. Así, además de las EAFI, existe un tipo que también puede tener consecuencias para el asesoramiento financiero: las agencias de valores con un capital social de 120.000 euros.Las agencias de valores, cuando sólo estén autorizadas para la recepción y la transmisión de órdenes, deberán contar con un capital inicial de 120.000 euros. Así, el director de autorizaciones y registro de entidades de la CNMV, Antonio Moreno, advierte que su papel puede ser crucial y, en función de sus exigencias determinarán el auge de la figura de las EAFI. Si finalmente pueden llevar a cabo asesoramiento financiero y no tienen por qué adherirse al Fondo de Garantía de Inversiones -cuestiones aún no decididas- tendrían una capacidad de actuación muy superior a las EAFI y pocas exigencias adicionales.Personas físicas o personas jurídicas. Las EAFI, según el reglamento disponible, ofrecen ambas posibilidades, aunque los requisitos son distintos en los dos casos. Si es una persona jurídica, habrá de tener un capital mínimo de 50.000 euros o un seguro de responsabilidad civil profesional que cubra hasta 3,5 millones al año. Si es física, con el seguro basta. Uno de las limitaciones de este tipo de empresas de servicios de inversión respecto al resto radica en que no pueden disponer de agentes.Las sociedades de valores, a diferencia de las anteriores, también pueden operar por cuenta propia y conceder préstamos. Si bien, su requisito de capital social inicial se sitúa en dos millones de euros.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Archivado En

_
_