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Guía

La CNMV publica recomendaciones contra el abuso de mercado

La CNMV ha publicado en su página web (www. cnmv.es) una serie de recomendaciones para evitar la manipulación de precios en operaciones de colocación o compra de grandes paquetes accionariales, las denominadas operaciones de bloques.

La naturaleza de las operaciones de bloques -a menudo concertadas directamente entre los interesados cuando el mercado está cerrado- puede tener un 'efecto perturbador' sobre las condiciones de negociación, según la CNMV, motivo que ha llevado al regulador a publicar una serie de recomendaciones con el objetivo de evitar los abusos de mercado.

Para la CNMV 'el conocimiento, en horas de mercado, de que una transacción es inminente o se está ejecutando puede influir de manera significativa sobre el precio del valor' y ser considerado como información privilegiada. Por otro lado, considera que estas operaciones, incluso realizadas a mercado cerrado, también pueden incidir en el precio de las acciones.

El regulador, por tanto, ha optado por establecer unos criterios de actuación para operaciones que no se formulen como OPV u OPS y para aquellas para las que exista un mandato. Así, según el documento presentado por la CNMV, cuando un cliente haya otorgado mandato a más de un intermediario financiero debe designar a uno de ellos como interlocutor con la CNMV a los efectos de ofrecer información puntual sobre el estado de la operación.

El intermediario o emisor también deberá informar a la Dirección de Mercados Secundarios de la CNMV de las características de la operación, incluyendo el importe y el rango de precios, así como evitar el abuso de información privilegiada durante la búsqueda de contrapartidas, especialmente operar en base a dicha información.

En caso de que fuera imposible asegurar la confidencialidad de la operación, se deberá notificar el número de valores objeto de la operación y la proporción del capital que representa.

La CNMV aconseja, también, que la medida de lo posible la difusión de la oferta se realice mientras el mercado esté cerrado y en el menor tiempo posible. En caso contrario, el intermediario deberá enviar un comunicado a la CNMV que el supervisor podrá hacer público si lo considera oportuno. Una vez finalizada la operación se deberá facilitar a la CNMV el importe, número de valores, el precio y el volumen.

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