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Orden ministerial

La CNMV podrá retirar o corregir la publicidad en emisiones de valores

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) podrá retirar o rectificar la publicidad en emisiones de valores de sociedades de inversión registradas, así como publicar advertencias en los casos de emisiones lanzadas por entidades que no se encuentran bajo su supervisión.

Así lo contempla una orden ministerial del Ministerio de Economía y Hacienda sobre regulación y control de la publicidad de servicios y productos de inversión que se encuentra en audiencia pública hasta el 11 de noviembre.

La orden ministerial desarrolla la parte de la Ley del Mercado de Valores relativa a la publicidad de emisiones de valores, y define cuáles quedan bajo el control de la CNMV y qué requisitos deben cumplir los folletos informativos. Además, prevé que la CNMV desarrolle estos extremos mediante una circular.

Cuando el folleto se refiera a instrumentos financieros emitidos por sociedades de valores registradas, la CNMV podrá solicitar tanto la retirada de dicho folleto si no se ajusta a la normativa vigente, como la inclusión de advertencias.

En el caso de ofertas procedentes de entidades no registradas, la CNMV podrá insertar advertencias en los anuncios de dichos productos, ya sea para advertir de que la emisión no está bajo su control o para recomendar a los interesados que se informen adecuadamente antes de suscribir ningún producto.

La nota del Ministerio de Economía destaca "el papel trascendental" que ha adquirido la publicidad en la toma de una decisión por parte de los inversores, lo que hace imprescindible que esté bajo cierto control y se ajuste a unos principios, tal y como exigen además varias normas comunitarias.

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