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Las marcas europeas se extenderán a los 25 socios de la UE sin tasas ni trámites

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Natalia Sanmartin - Madrid - 16/05/2003

Sea previsor. Si tiene usted la intención de solicitar una marca comunitaria en un futuro próximo, hágalo antes de final de año'. Éste es, en esencia, el consejo que los expertos en propiedad industrial dan a las empresas ante la inminente ampliación de la Unión Europea, un acontecimiento que tendrá lugar en mayo del año que viene.

El motivo de esta recomendación es que el primer efecto que producirá la Europa de los 25 en el marco de la legislación comunitaria de propiedad industrial será la extensión automática y gratuita de las marcas comunitarias ya registradas o en fase de tramitación a los Estados de la ampliación. 'Todas las marcas comunitarias solicitadas antes de esa fecha surtirán efectos de forma automática en los nuevos Estados miembros, sin pagar tasas adicionales y sin necesidad de publicación, examen ni traducción a los nuevos idiomas oficiales', explica José Luis Rodríguez-Fuensalida, abogado de J. Isern, Patentes y Marcas.

La propia OAMI, el organismo comunitario que concede estos derechos, ha recomendado a las pequeñas y medianas empresas que aprovechen esta circunstancia y protejan sus distintivos en toda Europa sin necesidad de hacer nuevas gestiones administrativas ni de pagar ninguna tasa adicional.

Además de esta ventaja, existe otro motivo para adelantar las solicitudes de las marcas. Así, los titulares de marcas anteriores registradas en los países candidatos tendrán derecho a impugnar todas las solicitudes de marcas comunitarias coincidentes con las suyas durante los seis meses anteriores a la fecha de la ampliación, una circunstancia que puede evitarse presentando la solicitud antes de ese periodo.

'Las empresas que tengan previsto solicitar marcas comunitarias a lo largo de este año deberían adelantar sus previsiones y hacerlo antes del próximo 1 de noviembre', aconseja Rodríguez-Fuensalida. De esta forma su efecto se extenderá automáticamente a los nuevos territorios, 'sin posibilidad de que sean objeto de oposición o de recursos de nulidad basados en derechos anteriores en esos Estados'.

Subida de tasas

Los círculos legales relacionados con la propiedad industrial dan por hecho, además, que la ampliación de la UE traerá consigo una subida de las tasas que cobra la OAMI por la concesión de los distintivos motivada por los gastos extra que supondrá la gestión de los derechos en los territorios de la ampliación.

No en vano la oficina europea de marcas, cuya sede está en Alicante, recuerda que tras la ampliación europea las marcas comunitarias contarán con protección legal en un mercado de 25 países y 450 millones de consumidores.

Las ventajas de la protección comunitaria

Antes de 1996, las empresas españolas tenían dos opciones para proteger sus marcas. La primera de ellas, la vía nacional, limitaba la protección legal únicamente a España y dejaba desprotegido el distintivo en otros mercados. La segunda, denominada internacional, permitía a las compañías obtener un haz de marcas en distintos países con idéntica protección que en el territorio nacional, pero con una tramitación costosa y compleja.

La llegada de la marca comunitaria en esa fecha cambió radicalmente el panorama. Pese a que los sistemas nacional e internacional continúan existiendo, las ventajas de la protección europea se han hecho sentir en la rápida progresión del número de solicitudes, que han convertido a España en el tercer país europeo por número de peticiones. ¿Los motivos? La posibilidad de blindar la marca en toda la UE a través de un único formulario, redactado en un solo idioma, presentado en una sola oficina y con el abono de una única tasa.



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