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¿Cree que estoy preparado para invertir en preferentes o en bonos convertibles?

Preguntas y respuestas sobre como el banco debe ofrecer los productos financieros a los pequeños ahorradores.

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Billetes de euro - Thinkstock

Virginia Gómez - Madrid - 18/03/2012 - 16:56

Participaciones preferentes, bonos subordinados, convertibles, ETFs son productos que han llegado al pequeño ahorrador y no siempre con toda la información que un particular necesita antes de invertir en ellos. Para evitar que los minoristas inviertan en productos que no entienden o que no se adaptan a su perfil inversor, se creó la Directiva de Mercados de Instrumentos Financieros (Mifid) que se traspuso a la normativa española en 2008 con la intención de que los clientes bancarios fuesen debidamente informados de las características de los productos de inversión y de los riesgos que entrañaban.

¿A qué productos afecta esta directiva?

La Directiva Mifid se refiere a productos de inversión como acciones cotizadas, productos de renta fija, fondos de inversión y derivados. No afecta a préstamos bancarios, seguros o depósitos. La entidad financiera puede ofrecer servicios de inversión tales como la compra/venta, el asesoramiento financiero y la gestión de carteras.

¿Cuáles son los productos que están bajo el paraguas de la normativa Mifid?

Dentro ya del paraguas de la Mifid se establece una distinción entre productos no complejos que son acciones, instrumentos del mercado monetario como pagarés o deuda pública, fondos de inversión y SICAV, exceptuando los hedge funds y, por último cédulas hipotecarias. Los productos complejos son la deuda subordinada, participaciones preferentes, fondos de inversión libre o hedge funds, derivados financieros, caso de futuros, opciones, warrants... contratos financieros atípicos, seguros de cambio, y opciones sobre divisas.

¿Qué principios deben cumplir las entidades a la hora de prestar servicios de inversión?

De acuerdo a la normativa Mifid, deben actuar de forma honesta, imparcial y profesional, en el mejor interés de sus clientes. Este principio protege al inversor cuando contrate con una entidad financiera que, como profesional, está en una posición de ventaja respecto a usted. Además, debe proporcionar información imparcial, clara y no engañosa a sus clientes ayudándoles a comprender el producto y tomar las decisiones y deben prestar servicios y ofrecer productos teniendo en cuenta las circunstancias personales de los clientes.

¿Qué preguntas debe hacer el empleado de la entidad al posible cliente de productos de inversión?

Cuando acuda a una entidad para invertir en este tipo de productos, el empleado tendrá que solicitar información para conocer mejor al cliente posible y así poder ayudarle a tomar las decisiones de inversión más adecuadas. Además, sólo ofrecerá productos que considera adecuados, teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia para valorar los riesgos.

¿Qué ventajas tiene el inversor minorista frente al profesional?

Los clientes minoristas son aquellos que tienen menos conocimiento y experiencia en los mercados financieros. Como cliente minorista, recibirá el mayor grado de protección. Los clientes con mayor conocimiento y experiencia (clientes profesionales) reciben menos protección ya que tienen más capacidad para comprender la naturaleza y riesgo de los mercados y los productos de inversión. Son clientes profesionales los bancos, gobiernos, fondos de pensiones, grandes compañías y, de manera excepcional, algunos inversores particulares.

¿Qué información le solicitará? ¿A que vienen tantas preguntas incómodas?

Es posible que el banco haga preguntas muy personales al cliente tales como si sabe como funciona tal o cual producto, si lo ha comprado antes, cual es su grado de conocimiento de los mercados financieros, cual es su objetivo al invertir, cuanto riesgo está dispuesto a asumir o incluso cuales son sus ingresos, sus gastos, patrimonio y deudas.

¿Qué es el test de conveniencia?

Dentro de la compra y venta de productos financieros, el test de conveniencia es un conjunto de preguntas que la entidad financiera hará al ahorrador para valorar sus conocimientos y experiencia. Los tipos de productos y servicios con los que usted está familiarizado, la naturaleza, frecuencia, volumen y periodo en el que usted ha operado previamente y el nivel de estudios y profesión actual o anterior. Si el potencial cliente ya fuera cliente, puede ocurrir que la entidad ya disponga de todos estos datos.

¿Qué pasos seguirá la entidad si el cliente solicita asesoramiento financiero?

El asesoramiento de inversiones es la realización de recomendaciones personalizadas, ya sea de forma puntual o continuada. El conjunto de preguntas que le harán para obtener esta información se llama test de idoneidad. En el se incluyen las preguntas del test de conveniencia junto algunas más detalladas sobre la situación financiera del cliente como la fuente de los ingresos regulares, el patrimonio incluyendo inmuebles, liquidez y activos y pasivos financieros y los gastos y pagos periódicos.

¿Qué información va a recibir?

Toda la información que reciba debería ser imparcial, clara y no engañosa tanto en el contenido como en la forma. Por eso hay que diferenciar entre lo que es publicidad y lo que no lo es. Tenga en cuenta que nunca debe tomar una decisión basándose solo en la publicidad. Si usted todavía no es cliente de un intermediario financiero hay que tener claro que tiene que estar inscrito en la CNMV y autorizado para prestar servicios de inversión. Además, debe recibir información sobre costes y gastos directos e indirectos. El cliente nuevo deberá suscribir un contrato con la entidad que regule derechos y obligaciones de ambos en la prestación del servicio de inversión. Si el servicio es de asesoramiento, no es necesaria la firma de un contrato, basta con la constancia escrita o fehaciente de la recomendación personalizada.

¿Qué es la custodia de las inversiones?

Al principio de la relación con la entidad, la misma debe informar al cliente sobre los mecanismos de protección que tenga a su disposición para el depósito y custodia de sus instrumentos financieros y efectivo. La salvaguarda y custodia de sus instrumentos financieros y efectivo exige que sus valores y los del resto de clientes estén siempre identificados y separados de los que pertenecen a la entidad.

¿Existe un fondo de garantía de insolvencia?

En caso de que el cliente no pueda recuperar el efectivo o los instrumentos financieros que hubiera confiado a la entidad por insolvencia de ésta, podrá solicitar la compensación del fondo al que se encuentra adherida. Normalmente la cobertura suele ser de un máximo de 20.000 euros por cada inversor.


Comentarios

  • 1 Angel Martinez - 23-03-2012 -10:38:23h

    Si el Estado presuntamente es complice de estafa como se le puede pedir al pueblo tener confianza en el?

  • 2 aristoleches - 19-03-2012 -16:27:11h

    La MIFID no sirve para proteger al inversor, sino al Banco, con la entrada en vigor de la MIFID se pone al cliente un ejercito aún mayor de papeles que firmar y como buen español, firma sin leer. Hay casos de personas que han firmado la MIFID sin apenas saber leer. Antes de la MIFID se podía alegar desconocimiento, ahora ni eso. Solo te salva el que al banco se les haya olvidado dártelo o lo hayan perdido.

  • 3 Jo MER - 19-03-2012 -11:02:46h

    ESTAFA, significa mover capital de sitio mediante engaño

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