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Un tribunal español da la razón a la empresa de calzado Masaltos.com

Una sentencia prohíbe usar marcas de la competencia en anuncios de Google

Masaltos.com ha logrado la primera sentencia en España que prohíbe a las empresas utilizar marcas de sus competidores para hacer publicidad en Google y otros buscadores. La decisión judicial sienta un precedente importante, pues abre la puerta a que propietarios de cualquier marca comercial puedan actuar contra los anunciantes que utilizan marcas ajenas para captar clientes.

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Marimar Jiménez - Madrid - 17/04/2012 - 13:21

Tras tres años de litigio, un tribunal español ha dado la razón a la empresa española Masaltos.com en la defensa de su marca en internet. La compañía, especializada en calzado que permite a los hombres ganar hasta 7 centímetros de altura gracias a zapatos especiales que ocultan un alza ergonómica en su interior, ha logrado la primera sentencia en España que prohíbe a un competidor utilizar una marca registrada como palabra clave en buscadores. "La sentencia sienta un importante precedente que con toda probabilidad llevará a otras compañías a reclamar sus derechos en los tribunales", ha explicado en una nota la firma española.

Los buscadores como Google o Yahoo proporcionan dos tipos de resultados en la web: los naturales (relacionados con el código fuente o HTML) y los patrocinados, que destacan las páginas de determinados anunciantes mediante el uso de palabras clave. Con esta práctica, que se ha extendido en los últimos años, los buscadores permiten a los anunciantes utilizar marcas de otras empresas como palabras clave. "Los anunciantes se benefician de la reputación ajena para mejorar su posicionamiento web, captar más visitas y vender más en la Red", continúa Masaltos.com en su comunicado.

La compañía defiende que, como otras muchas empresas en España, "llevaba años sufriendo las consecuencias del vacío legal que permitía a determinados anunciantes posicionarse a su lado en Internet, ofreciendo los mismos productos y confundiendo al público". Ahora, esta sentencia "sienta un precedente importantísimo", comenta el responsable del Departamento Jurídico de www.masaltos.com y abogado de Conteros Asociados, Antonio Fagundo. Este explica que, al ser la primera de este tipo dictada en España, "abre la puerta a que todos los titulares de marcas afectados por este problema puedan actuar contra los anunciantes que, hasta hace muy poco, han utilizado impunemente las marcas de otros para captar clientes y enriquecerse incluso confundiendo a los internautas".

El caso se remonta a 2009, momento en que Masaltos.com presentó una demanda ante el Juzgado de lo Mercantil de Madrid alegando que un competidor estaba utilizando sus marcas comerciales "masaltos" y "masaltos.com" como palabras clave en enlaces patrocinados de Google Adwords.

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid puntualiza que observan "cómo el cliente que, en el buscador de Google, introduce la marca Masaltos o Masaltos.com ve que junto al enlace a la página del actor aparece como enlace patrocinado la página del demandado, competidor directo que comercializa el mismo producto".

Según el departamento jurídico de Masalto, la sentencia es rotunda al afirmar que el competidor hace uso de las marcas para llegar a conocimiento del internauta, el cual puede confundir el origen empresarial de los productos, asociando ambas empresas o creyendo que están económicamente vinculadas.

Además, cuenta, la empresa demandada también había introducido en su código fuente la marca "masaltos" como metatag. "El uso de marcas comerciales de otros sin autorización previa, que es ilegal y se conoce como metatagging, consiste en incluir una marca ajena en el lenguaje de formateo de internet (HTML), consiguiendo que la página web competidora aparezca en los resultados naturales (gratuitamente) cuando un usuario busca "masaltos", insisten desde la compañía española.

Según la sentencia del Juzgado de lo Mercantil, "la utilización de la expresión Masaltos y Masaltos.com, coincidente con el elemento denominativo de la marca registrada por el actor (...) supone una infracción de los derechos de exclusiva del actor", por lo que termina prohibiendo al competidor el uso de las marcas de Masaltos.com como metatag en el código fuente y como palabra clave o keyword en Google Adwords.

Esta decisión judicial sigue la línea establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los casos Louis Vuitton-Google, eBay-L'Oreal o Budvar-Budweiser, según la cual el propietario de una marca puede prohibir a un tercero usar su marca como palabra clave para realizar campañas publicitarias.


Comentarios

  • 1 Antonio Fagundo - 04-05-2012 -18:08:12h

    Esto es una primera victoria. Todavía nos queda por ahcer. Todos y cada uno de ellos están demandados. La justicia a veces es muy lenta.

  • 2 Pere - 04-05-2012 -15:28:08h

    Pues a dia de hoy si pones masaltos en google sale:MasAltos.com ® Zapatos - Sus Zapatos Italianos con Alzas.www.masaltos.com/Zapatos_con_AlzasCalidad y Confort para sus pies Zapatos para ser más alto | bertulli-zapatos.eswww.bertulli-zapatos.es/Calzado de hombre para aumentar la estaturaPlantillas para Crecer - Aumente hasta 9 cm su Altura.www.crecefacil.com/

  • 3 Antonio Fagundo - 23-04-2012 -13:36:22h

    Hola Ángel. Gracias por la enhorabuena. Tu comentario es correcto y tengo controlada esa jurisprudencia. El primer Auto habla de metatags en el código fuente no del uso de marcas como palabras clave en Google Adwords. Es diferente: resultados naturales y gratuitos contra resultados patrocinados y pagados.El segundo caso, también es un auto, habla del dominio URL. La Ley de Marcas establece que si una denominación social infringe una marca, la denominación social debe cambiarse, pero no trata el elemento central: las marcas como palabras clave.

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