Regulación
Efe - Madrid - 11/03/2009
El texto, aprobado con 133 votos a favor y 119 en contra, será enviado de nuevo al Congreso para su visto bueno definitivo e incluye dos enmiendas de CiU aprobadas hoy, que obligan a las entidades que prestan estos servicios a presentar sus cuentas anuales auditadas.
Además, exige que aquellas entidades con una cifra de negocio superior a los 15 millones de euros y que operen en más de una comunidad autónoma se constituyan en establecimientos financieros de crédito antes de tres meses tras la entrada en vigor de la nueva ley.
Estas dos enmiendas habían sido rechazadas en la tramitación previa en la Cámara Baja, según informó en un comunicado el grupo catalán CiU.
Con esta norma se pretende ampliar la protección de los consumidores en la contratación de créditos al consumo e hipotecarios, así como en la llamada agrupación o reunificación de deudas.
El proyecto de ley fija las obligaciones de transparencia e información de dichas empresas, entre las que está la inscripción de las compañías en un registro público estatal, que se creará para incluir a las entidades no financieras y se nutrirá fundamentalmente de los registros similares autonómicos.
La nueva norma regulará la transparencia en los contratos, en la publicidad que se envíe, en el tipo de interés anual aplicado o en el precio total incluyendo las comisiones y gastos.
Además, fijará la información previa que las entidades no financieras envían al consumidor para que tengan el contenido mínimo de los contratos, al menos, 15 días antes de su firma y si existe la obligación de que el cliente contrate un seguro de responsabilidad o un aval bancario.
Incluirá también la posibilidad de que el consumidor pueda desistir en 14 días y tendrá la finalidad de proteger al consumidor asegurándole en todo momento un conocimiento pleno de los términos en que se realiza cada operación para que pueda decidir libremente.
El proyecto afecta a un gran número de empresas particulares, conocidas como entidades de mediación de créditos y que no están sometidas a la supervisión del Banco de España ya que no son entidades financieras.
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