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El seguro obligatorio cubrirá daños hasta 70 millones de euros

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M. M. M. - Madrid - 13/07/2007

La indemnización máxima que cubrirá el seguro obligatorio en los accidentes de tráfico se ha fijado en 70 millones de euros por siniestro, frente al tope de 350.000 euros por persona que existe actualmente. Esta es una de las principales novedades que incorpora la nueva ley de responsabilidad civil y seguro en circulación de autos, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado.

Esta norma, que entra en vigor en enero de 2008 y transpone una directiva comunitaria sobre la materia, constituye el primer paso para mejorar las indemnizaciones que cobran las víctimas en un accidente de tráfico.

Hoy por hoy, el dinero que reciben se fija por medio de un sistema de baremos que ha quedado obsoleto, según reconocen fuentes del sector.

El responsable de la Dirección General de Seguros (DGS), Ricardo Lozano, se ha comprometido a crear un grupo de trabajo en septiembre para 'actualizar' los criterios que ahora se aplican.

Cambio de baremo

'El sector asegurador debe reflexionar sobre los baremos. Hay cuestiones como los daños estéticos o morales derivados de un siniestro que no se recogen actualmente', explica Lozano.

El director general de la DGS cree que, si se realizan ciertos cambios en ese sistema, se mejoraran sustancialmente las cantidades que cobran las víctimas.

De no modificarse el baremo de indemnizaciones, el nuevo techo de 70 millones de euros sería un mero brindis al sol.

La asociación de automovilistas europeos explicaba ayer que, con los datos de 2004, menos de una de cada mil personas recibió una compensación por los daños del accidente superior a 350.000 euros, por lo que el nuevo máximo fijado es inservible sin el cambio de las tablas.

La nueva ley también contempla que las aseguradoras tengan un plazo máximo de tres meses para 'presentar una oferta motivada de la indemnización', desde la recepción de la reclamación por el perjudicado.

De no ser así, las aseguradoras 'deberán presentar una respuesta motivada a lo planteado en la reclamación'. La falta de oferta motivada será considerada como infracción.

Certificado de siniestralidad para el coche

A partir de 2008 los propietarios de un vehículo podrán reclamar a la compañía donde lo tengan asegurado que expida un certificado con los antecedentes de siniestros que haya sufrido el automóvil. La actual normativa ya recoge esta exigencia, pero con la nueva ley se amplía el plazo de dos a cinco años. 'Así el asegurado podrá alegar su buena conducta histórica al volante para conseguir un seguro con menor precio en otra compañía', explica Ricardo Lozano, director de la DGS. La regulación también recoge sanciones de 60 euros para coches sin el seguro obligatorio.


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