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Energía

La nueva ley fotovoltaica deja en el aire proyectos para 2009

Los últimos detalles que se han conocido sobre el nuevo real decreto fotovoltaico han sido recibidos con críticas por el sector, que entiende que supondrán la paralización de proyectos en suelo, al menos hasta 2010, y primará las instalaciones en cubierta.

Las nuevas modificaciones del real decreto que regulará la producción de energía eléctrica fotovoltaica han caído como un jarro de agua fría en el sector. En su opinión, las disposiciones paralizarán por completo la construcción de nuevas instalaciones en suelo, al menos hasta 2010.

El texto, al que ha tenido acceso CincoDías, diferencia entre dos tipos de instalaciones. En primer lugar, las ubicadas en cubiertas, fachadas y construcciones fijas, además de las situadas sobre otros soportes como cubiertas de aparcamiento. Por otro lado, todas las demás, es decir, las instalaciones en suelo.

Para las incluidas en la primera tipología, el nuevo decreto establece una potencia base de 200 megavatios (MW), aplicable en el primer año. Sobre este total, el 90% deberá estar asociado a las instalaciones con una potencia superior a 20 kilovatios (kW) y el restante 10% a aquéllas con una potencia inferior.

Por su parte, las instalaciones fotovoltaicas en suelo (que representan el 95% del total) podrán alcanzar una potencia base de 100 MW en el primer año. El Ministerio de Industria, no obstante, se reserva la posibilidad de revisar al alza estas potencias en función de los objetivos del Plan de Energías Renovables 2011-2020.

En el caso de los denominados huertos solares, la nueva regulación también establece un cupo extraordinario de potencia adicional de 200 MW en 2009 y 100 MW en 2010, que se repartirán en cuatro convocatorias anuales.

Además, la potencia máxima en los proyectos de suelo no podrá superar el megavatio; los 2 MW en el caso de las instalaciones en cubierta.

Otra de las novedades de la regulación es la creación de un registro en el que deberán inscribirse tanto los proyectos de instalación como las instalaciones ya existentes, ya que se encargará de la asignación de retribuciones. æpermil;ste tendrá cuatro convocatorias anuales de inscripción, una en cada trimestre natural.

El registro no estará realmente operativo hasta marzo de 2009 y en su base de datos entrarán de manera prioritaria los proyectos ya en marcha. Ahí es, precisamente, donde se centran las críticas del sector, que entiende que se ponen trabas a la inscripción de nuevos proyectos. El texto señala que la asignación de potencia se realizará 'empezando por las fechas más antiguas, hasta que sea cubierto el cupo previsto para las convocatorias en cada tipología'.

Fuentes de la patronal Asif subrayan las graves consecuencias que puede suponer la nueva regulación fotovoltaica. Entienden que de no ponerse en marcha nuevos proyectos a lo largo del próximo año, la única alternativa viable será 'el cierre de un gran número de empresas y la pérdida de miles de puestos de trabajo'.

Evitar la parcelación de instalaciones

El nuevo decreto que regulará la industria fotovoltaica asume que uno de sus principales objetivos es la propia ordenación del sector. 'Se pretende racionalizar el crecimiento de instalaciones fotovoltaicas, de tal forma que se evite la parcelación de una única instalación en varias de menor tamaño, con el objetivo de obtener un marco retributivo más favorable', asegura el texto.Un objetivo que también comparte la propia industria. Además, señala que el nuevo régimen económico también pretende reconocer 'las ventajas que ofrecen las instalaciones integradas en edificios, ya sea en fachadas o en cubiertas, por sus ventajas de generación distribuida, porque no aumentan la ocupación del territorio y por su contribución a la difusión social de las energías renovables'.En cuanto a las tarifas, fija 29 céntimos de euros por kilovatio hora para las instalaciones de suelo y de entre 32 y 34 céntimos de euro para aquéllas situadas en cubiertas.La tarifa regulada que se aplique en una instalación se mantendrá durante un plazo máximo de 25 años.

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