Sentencia
Agencias - Barcelona - 24/01/2003
La Audiencia de Barcelona ha dado la razón a la multinacional Nestlé, en un contencioso con la empresa Danone por el uso de la palabra 'Bio' en algunos de sus productos. El Juzgado de Primera Instancia número 34 de Barcelona absolvió a la empresa Nestlé de una presunta infracción de derechos por el uso indebido de la marca 'Bio', cuya titularidad es propiedad de Danone desde 1958.
La empresa Danone exigía que se reconociera que Nestlé había utilizado de forma indebida la palabra 'Bio' como marca y no como nombre genérico, lo que podía confundir al consumidor. Además, solicitaba que la empresa competidora, Nestlé, dejara de distribuir productos con la palabra 'Bío' y resarciera por daños y perjuicios.
Danone comercializaba con la palabra "Bio" el producto de genérico conocido como leche fermentada con "bífidus activo" mientras que Nestlé utilizaba la misma partícula en los productos "Nestlé Biocalcio" y "Nestlé Sveltesse Biocalcio", lo que constituía según la primera empresa una práctica con "finalidad confusoria y parasitaria".
Sin embargo el recurso de Danone ha sido rechazado al considerar que "el concepto 'Bío' carece de la necesaria fuerza distintiva para ostentar la protección exigida".
Además, la sentencia de la Audiencia considera que a pesar de que se trata de productos y envases idénticos, "no cabe ningún riesgo de confusión" entre unos y otros.
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