Resolución
2,36
| Actual | Hace 1Sem | Hace 1Mes | Hace 2Meses | Hace 3Meses | |
|---|---|---|---|---|---|
| Recomen. Consenso | Sobreponderar(2,36) | Sobreponderar(2,36) | Sobreponderar(2,50) | Mantener(2,65) | Mantener(2,67) |
| Comprar | 5 | 5 | 4 | 4 | 4 |
| Sobreponderar | 10 | 10 | 9 | 9 | 10 |
| Mantener | 3 | 3 | 3 | 3 | 3 |
| Infraponderar | 1 | 1 | 2 | 3 | 3 |
| Vender | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| GAS NATURAL | 8,68 | -1,11% |
|---|
Ep - Valencia - 24/09/2009
Como consecuencia de una denuncia presentada por una empresa del sector cerámico de Castellón, el Tribunal estimó que la empresa gasista ostenta una posición, por ser titular de una red de distribución, "esencial" para que un operador del sector del gas pueda desarrollar su negocio como distribuidor y comercializador, dada la falta de alternativas viables, tanto técnica como económicamente, según se desprende del informe al respecto de la Comisión Nacional de Energía.
Esta posición de dominio, según la resolución del Tribunal, exige de Gas Natural una "especial responsabilidad y diligencia" en su actuación en el mercado y en la gestión de la red gasista, por lo que las "acreditadas negativas, dilaciones y actuación discriminatoria" en relación a la conexión solicitada en su día por Iberdrola SDG, "sin existir justificación objetiva" para dicha actuación, "implican un abuso de la referida posición de dominio", práctica prohibida por la legislación de Defensa de la Competencia.
Según explica el Tribunal, se trata de una infracción "muy grave" que puede ser sancionada con multas de hasta el 10% del volumen de negocios total de la empresa infractora en el ejercicio inmediatamente anterior al de la imposición de la multa.
Así, el pleno del TDCVV considera "acreditado" que desde la solicitud de Iberdrola Distribución de Gas, SAU. en el año 2004 para conectarse a la red de distribución APA a su paso por Segorbe (Castellón), propiedad de Gas Natural, hasta el año 2007 que se realiza dicha conexión por intervención administrativa de la Dirección General de la Generalitat, la empresa Gas Natural "ha seguido una estrategia dirigida a dificultar e impedir que se realice dicha conexión".
El Pleno ha tenido en cuenta para determinar la sanción, el mercado potencialmente afectado por la práctica, la duración de la infracción y la gravedad de la misma, con lo que la multa asciende a 308.171 euros.
Además, insta a Gas Natural a que en el futuro "se abstenga de realizar conductas tendentes a impedir y dificultar la conexión a sus redes de aquellas solicitudes reguladas en su correspondiente normativa sectorial y que tengan como efecto un cierre del mercado, como en el presente expediente.
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