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La norma ha entrado hoy en vigor, según ACS

Iberdrola intenta in extremis parar la enmienda antiblindaje

Iberdrola aseguró anoche que el Supremo había admitido a trámite la suspensión solicitada de la llamada enmienda antiblindaje, por lo que, en tanto se resuelve su petición, considera que no se puede aplicar. Para ACS, la norma ha entrado en vigor y solo está en juego la posible competencia del secretario judicial que rechazó cautelares a la eléctrica.

A última hora de la tarde de ayer, Iberdrola aseguraba que el Tribunal Supremo había "admitido a trámite la solicitud de suspensión del artículo 515 de la Ley de Sociedades de Capital", que prohíbe a las sociedades cotizadas establecer limitaciones de voto a sus accionistas, que en el caso de la eléctrica es del 10%. Conocida como enmienda antiblindaje, la eléctrica ha hecho casus belli contra una norma cuya gestación atribuye a su principal accionista, ACS, con un 19,02%, al que ha cerrado las puertas del consejo de administración y parte de sus derechos en la junta, tras los cambios estatutarios que ha introducidos en los dos últimos años.

Mientras Iberdrola declaraba que "la prohibición de limitar los derechos no se le aplicará hasta que se resuelva la solicitud", fuentes de la constructora que preside Florentino Pérez contrarrestaba esta afirmación subrayando que la enmienda entraría en vigor, sin ninguna duda, "para todas las empresas afectadas, a partir de las 12 de la noche". El día 3 de junio, el Alto Tribunal rechazó la petición de medidas cautelares solicitadas por Iberdrola dentro del recurso que interpuso en septiembre del año pasado contra el citado artículo, por incumpliendo de los trámites preceptivos.

La explicación que ofrecieron fuentes jurídicas de ACS sobre la citada suspensión fue otra distinta: la eléctrica, tras habérsele denegado dichas medidas cautelares, había presentado un recurso de interposición por considerar que el secretario judicial no era competente. Y ha sido "esta suspensión, y no otra, la que ha admitido el Supremo".

Iberdrola considera, sin embargo, "de acuerdo con la doctrina reiterada del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo", que ella no está obligada a aplicar dicho artículo de la Ley de Sociedades de Capital, en tanto no se resuelva su solicitud y "dicte sentencia sobre el asunto". Esta norma entró en vigor el 1 de julio de 2010 y dio un periodo transitorio de un año para la enmienda, que se cumple hoy. Estas limitaciones están incluidos en los estatutos de Iberdrola y otras compañías, como Repsol o Telefónica, y no es necesario que se modifiquen, ya que devienen nulos tras la entrada en vigor de la misma.

Aunque las leyes no pueden ser recurridas, en el caso de los reales decretos legislativos, que el Gobierno tramita en el Parlamento, existen algunos resquicios que Iberdrola aprovechó. Estos procesos permiten refundir textos pero no a incorporar algo nuevo.

La eléctrica admite que puede haber discrepancias en la interpretación de si el decreto del Supremo suspende temporalmente la aplicación de la enmienda. Para ACS simplemente está en cuestión la competencia del secretario de la Sala Tercera.

El Supremo negó a Iberdrola el 3 de junio la suspensión cautelar que pidió

La eléctrica lleva un año batallando, mientras Telefónica y Repsol han optado por la cautela

Corría febrero del año pasado cuando saltó la noticia de que el Gobierno español pretendía adelantar la propuesta de la Unión Europea de eliminar por ley los mecanismos de defensa contra opas o participaciones significativas en las empresas. Con esta decisión, que afectaba a algunas de las mayores cotizadas del país, llegó también la polémica.Todo empieza con la presentación de una enmienda, por parte del Grupo Socialista en el Congreso, al proyecto de ley por el que se modificaban las leyes de Auditorías de Cuentas; la de Mercado de Valores y la de Sociedades Anónimas, adaptándose todas ellas a la legislación comunitaria.La enmienda salió adelante, tras crear un intenso debate en foros empresariales, y la ley se aprobó en julio de 2010. Modificaba el apartado 2 del artículo 105 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, para lo que se establecía un plazo de un año. Con ello entra hoy en vigor la eliminación de "los instrumentos de blindaje de los directivos" de las empresas frente a posibles inversores con la intención de alcanzar una posición significativa o lanzar una opa en caso de sobrepasarse el 30% del capital.De momento, pasa a la historia la limitación de los derechos de voto, normalmente al 10%, que aparece marcada en los estatutos de importantes firmas presentes en Bolsa. Telefónica, Repsol (en la que Sacyr tiene el 20% y La Caixa declara un 14%) e Iberdrola (ACS es primer accionista con el 19,02%) son algunas de esas referencias, a las que se suman bancos como Popular y Sabadell.A lo largo de los últimos 12 meses ha sido Iberdrola la única que ha planteado batalla pública a este vuelco en la legislación.Se da la circunstancia de que ACS tiene cerrado el acceso al consejo de administración que preside Ignacio Sánchez Galán, ya sea por la falta de un sillón vacante o por las acusaciones, vertidas por la eléctrica, de conflicto de intereses en que incurre el grupo de construcción por sus intereses en la promoción de plantas renovables (actualmente en venta) y la generación de energía eléctrica.

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