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Intervención
CincoDías.com - Madrid - 29/03/2009
El Fondo de Garantía de Depósitos asegura la devolución de un máximo de 100.000 euros por titular y entidad, tras la decisión del Gobierno de ampliarlo el pasado mes de octubre como consecuencia de la crisis económica internacional.
El fondo cubre los depósitos y cuentas de dinero, si bien, fondos de inversión o de pensiones quedan excluidos de esta garantía. Así, en caso de quiebra cada titular recuperaría 100.000 euros por entidad, aunque varias cuentas en cada banco.
El patrimonio total del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) ascendía en 2008 a 7.201,25 millones de euros, el 11% más que en el ejercicio anterior, después de que las entidades financieras aportaran 698,53 millones. Los bancos aportaron a su respectivo fondo 280,9 millones, mientras que las cajas sumaron 341,4 millones para el suyo y las cooperativas de crédito añadieron 76,1 millones.
Creados en 1980
Existe un Fondo de Garantía de Depósitos para cada uno de los tres segmentos del Sistema Financiero: bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito. Estas 'huchas' fueron creadas a partir de 1980 como personas jurídicas de derecho público, pero regidos por el derecho privado.
Desde principios del año 1996, siguiendo la normativa de la UE, son sólo financiados por las entidades. El Banco de España puede, sin embargo, contribuir a la financiación de los Fondos en "circunstancias excepcionales", que puedan afectar a la estabilidad del sistema, en base a una legislación que lo autorice expresamente.
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