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Sentencia del Tribunal General de la UE

EDF derrota en primera instancia a la CE y a Iberdrola en un pleito sobre ayudas de Estado

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B. M. - Bruselas - 16/12/2009

El Tribunal General de la UE (antiguo de primera instancia) revocó ayer la decisión de la Comisión Europea que en 2003 declaró ilegales los beneficios fiscales recibidos por Électricité de France (EDF).

Bruselas obligó a la compañía eléctrica a devolver al Estado francés 1.217 millones de euros, como consecuencia de la ayuda recibida desde 1997 (888,90 millones) más los intereses devengados desde aquella fecha.

El antiguo monopolio recurrió la decisión con el apoyo del Estado francés. La compañía española Iberdrola se personó en el asunto en apoyo de la Comisión.

Los jueces, en una sentencia recurrible en casación, han dado la razón a la empresa francesa. El veredicto concluye que la CE cometió errores de derecho e infringió las normas comunitarias sobre ayudas de Estado.

Bruselas, en particular, no comprobó si el Estado francés aplicó el principio de "inversor privado" en su trato de favor a la entonces compañía pública. Los jueces dejan abierta la posibilidad de que la dirección general de la CE adopte una nueva decisión en la que verifiquen la medida a la luz de ese criterio.

El conflicto arrancó en 1997, cuando el Gobierno francés, en vistas de la inminente liberalización del sector energético en Europa, modificó el estatus legal de EDF y reestructuró su balance contable.

Con ese objetivo, París eximió a la compañía de pagar el impuesto de sociedades derivado de anotarse en su balance las provisiones para la renovación del tendido eléctrico aún no utilizadas (unos 2.100 millones de euros). La empresa no sólo logró así una inyección de capital por esa cantidad, sino que se ahorró además 888,89 millones de euros en impuestos.

Los jueces indican que con independencia de que el Estado francés fuera al mismo tiempo la autoridad fiscal y el único accionista de la empresa beneficiada, Bruselas debería haber comprobado si la operación respondía o no a un objetivo económico coherente con la actuación de un inversor privado.


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