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Considera que el acuerdo no precisa su visto bueno

La CNE no examinará el pacto entre Sacyr y Pemex en Repsol

La Comisión Nacional de la Energía (CNE) ha decidido inhibirse y no exigir autorización a la alianza entre la compañía Petróleos Mexicanos (Pemex) y la constructora Sacyr para sindicar sus acciones dentro de Repsol, que alcanzan una participación del 29,5% del capital.

El organismo considera que el acuerdo entre ambas empresas no necesita recibir su aprobación. Esta resolución no significa, por lo tanto, que la CNE esté a favor o en contra de la operación, sino que simplemente establece que la toma de una participación de Repsol no requiere de su visto bueno.

La dirección de Repsol había solicitado al organismo que analizase si el pacto debía estar sujeto a autorización previa en ejercicio de la llamada función 14ª. De hecho, según recoge Cinco Días en su edición impresa de hoy, la petrolera emitió ayer mismo un escrito a la CNE, para insistir en sus alegaciones.

Este tipo de alegatos deben ser presentados 48 horas antes de que tenga lugar el consejo, por lo que era posible que alguno de los consejeros de la CNE pidiera hoy volver a posponer la decisión, aludiendo un defecto de forma. El martes pasado, el organismo ya debatió la cuestión, pero aplazó la resolución.

La función 14ª, no ha lugar

Según el comunicado remitido por la CNE, el organismo concluye que en el caso de Repsol no se cumplen los requisitos de aplicación de la función 14ª. "Por lo que respecta en particular a las actividades que desarrolla el Grupo Gas Natural Fenosa, en el que Repsol ostenta una posición de control conjunto con otro accionista, la CNE estima que dichas actividades no resultan imputables como propias a Repsol a los efectos de la función decimocuarta, por cuanto Repsol y Gas Natural Fenosa no forman parte, en sentido estricto, del mismo grupo empresarial, en los términos en que éste viene definido por la legislación mercantil", añade la nota.

La función 14ª capacita a la CNE para autorizar la adquisición de participaciones superiores al 20% del capital o, en su caso, inferiores pero que otorguen peso específico en una sociedad que ejerza actividades energéticas reguladas. La distribución de gas o electricidad y e transporte están dentro de esa categoría. Asimismo, indica que se tendrán en cuenta "los derechos de voto de terceras partes con las que la sociedad no comunitaria adquirente haya concluido un acuerdo de ejercicio conjunto de derechos de voto".

Repsol había defendido la necesidad de aprobación de la operación por parte de la CNE argumentando que Pemex no es una compañía comunitaria, que el pacto con Sacyr le otorga influencia en la petrolera, y que ésta ejerce actividades energéticas reguladas, principalmente a través de Gas Natural Fenosa.

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