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La eléctrica recurrirá la sentencia del Supremo

La CNC multa con 10 millones a Iberdrola por traspasar clientes sin pedirles permiso

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha multado a Iberdrola con 10,68 millones por traspasar clientes de último recurso al mercado libre sin pedir su consentimiento expreso. A su vez, Iberdrola ha anunciado que recurrirá al Constitucional la sentencia del Supremo del 30 de enero que avala la sanción de 38,7 millones impuesta por la CNC en 2007.

La CNC multa con 10 millones a Iberdrola por traspasar clientes sin pedirles permiso
La CNC multa con 10 millones a Iberdrola por traspasar clientes sin pedirles permisoPABLO MORENO

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto una multa a Iberdrola de 10,68 millones por el traspaso de clientes, desde la comercializadora de último recurso hasta la comercializadora en mercado libre, sin recabar el consentimiento expreso del consumidor, exigido por la normativa sectorial. Los clientes afectados son, fundamentalmente, pymes.

Según recuerda el organismo en un comunicado, el origen de la sanción tuvo lugar en una denuncia de Gas Natural y Unión Fenosa del año 2009. Posteriormente, el 1 de julio de 2010 la CNC acordó la incoación de un expediente sancionador contra Iberdrola Comercialización de æscaron;ltimo Recurso (Ibercur), Iberdrola SA e Iberdrola Generación por un posible falseamiento de la libre competencia por actos desleales. La CNC señala que, de acuerdo con la normativa sectorial, es necesario el consentimiento expreso del cliente para el cambio de suministrador de energía eléctrica. Y pone como fecha del incumplimiento por parte de la eléctrica del visto bueno de los consumidores para este traspaso entre agosto de 2009 y marzo de 2010.

La CNC destaca que dicha infracción se produjo en un momento en el que la liberalización del mercado minorista de suministro de electricidad iba a desplegar todos sus efectos. "Los comercializadores libres podían competir por los consumidores que iban a ser suministrados transitoriamente por una comercializadora de último recurso y para estos se abría la posibilidad de encontrar mejores alternativas de suministro", aclara.

Por otro lado, Iberdrola ha anunciado que recurrirá al Tribunal Constitucional la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 30 de enero por la que confirma la sanción de 38,7 millones que Competencia, entonces Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC), impuso a la compañía en 2007. Esta sentencia del Supremo supone un auténtico cambio de argumentación con respecto a otras anteriores.

En concreto, en otras ocasiones, el Supremo anulaba las multas impuestas por la CNC porque no creía que hubiese restricciones técnicas. Al respecto, las compañías alegaban que eran momentos puntuales y no prolongados en el tiempo. Si embargo, la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo del 30 de enero avala el fallo de la Audiencia Nacional de julio de 2009 en el que ratificaba las prácticas contrarias a la competencia realizadas por la eléctrica entre 2002 y 2003 y sancionadas por el TDC con esos 38,7 millones.

El fallo del Alto Tribunal, que contó con el voto particular de dos de los cinco magistrados de la sala, desestima el recurso de casación presentado por Iberdrola y le impone costas. En la sentencia se ratifica, punto por punto, la resolución de la Audiencia Nacional que se apoyaba en el artículo 6.1.a) de la Ley de Defensa de la Competencia para determinar que Iberdrola había incurrido en abuso de posición dominante y prohibido por la citada ley.

Precios

Así, consta que Iberdrola ofertaba al mercado diario de la energía precios encaminados "no a su casación en dicho mercado, sino a generar en situaciones de restricciones técnicas, en cuya situación era el único posible oferente". Es decir, que elevaba los precios de la electricidad al ser el único oferente. Esta conducta, según quedó "plenamente acreditado y declaró probado" entonces por la Audiencia Nacional, se produjo "de forma continuada" para la central de Castellón entre el 18 de diciembre de 2002 y el 27 de mayo de 2003 y entre el 23 de octubre y el 31 de diciembre de 2003, y para las de Escombreras 4 y Escombreras 5 entre 2002 y 2003.

Abuso en el mercado de restricciones técnicas

El 14 de marzo de 2007, el TDC señalaba que Iberdrola había abusado de su posición de dominio en el mercado de energía eléctrica en una situación de restricciones técnicas durante diversos periodos de los años 2002 y 2003. Así, la conducta abusiva consistió en ofertar al mercado diario de la energía precios encaminados a que no casaran en dicho mercado y, por tanto, "se entrase en una situación de restricciones técnicas, en la que la infractora fuera la única posible oferente".Según decía entonces el organismo, el interés de Iberdrola se derivaba de que el precio al que se pagaría su oferta sería superior en el caso de solucionar el problema de restricciones técnicas que si hubiera "casado" en el mercado diario. Asimismo, tenía la seguridad de ser llamada para solucionar el problema, ya que su energía era necesaria para satisfacer la demanda de esas zonas.

90,8 millones este mes

En febrero, la CNC ha impuesto un total de 90,8 millones a compañías como Trasmediterránea, Balearia, Endesa, Gestamp, Essa o Abertis. La sanción más abultada de este mes ha sido para las empresas de transporte marítimo, con 54 millones, por formar un cártel.

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