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Por falta de transparencia en su cobertura en los edificios

La CMT inicia un proceso sancionador a Telefónica en el ámbito de la fibra

La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) ha abierto a Telefónica un proceso sancionador por un presunto incumplimiento en su obligación de informar sobre su cobertura de fibra óptica en los edificios.

  • meneame

Europa Press / Cinco Días - Madrid - 05/12/2012 - 13:06

Según ha indicado la autoridad reguladora, este incumplimiento puede conllevar una multa "no inferior al tanto, ni superior al quíntuplo", del beneficio bruto obtenido como consecuencia de la infracción. En caso de que no resulte posible aplicar este criterio, la sanción será del 1% de los ingresos brutos anuales obtenidos por la entidad infractora en el último ejercicio en esta actividad, ó el 5% de los fondos totales utilizados en la infracción, ó de 20 millones de euros.

En su resolución, la CMT explica que Telefónica podría haber incurrido en una infracción administrativa tipificada como "muy grave" consistente en el incumplimiento de la oferta de referencia del nuevo servicio mayorista de banda ancha conocido como NEBA, que sustituirá a las modalidades de acceso indirecto GigADSL y ADSL IP. Así, en noviembre de 2011 se aprobó la resolución sobre NEBA, que incluía la obligación a Telefónica de informar a los operadores sobre su cobertura de fibra óptica en edificios a partir del 1 de enero de 2012. Posteriormente, el 26 de abril de 2012 se aprobó la revisión del calendario de implantación del servicio NEBA revisando la fecha de inicio de la disponibilidad de la información de cobertura FTTH, que pasó a ser el 1 de julio de 2012.

No obstante, BT remitió a la CMT un escrito señalando que Telefónica le había denegado dicha información, incluso después de la nueva fecha prevista para el inicio del servicio. Del mismo modo, Orange señaló que también se le había denegado información sobre este asunto y Vodafone pidió al regulador que se adoptarán las medidas necesarias para que Telefónica cumpliera con su obligación.

El organismo presidido por Bernardo Lorenzo ha indicado que el presente expediente sancionador tiene por finalidad el "esclarecimiento" de los hechos, así como la determinación de responsabilidades y, en su caso, las sanciones que legalmente fueran de aplicación.

La CMT ha precisado además que los interesados en el procedimiento disponen del plazo de un mes, contado a partir de la notificación del acuerdo de incoación, para presentar alegaciones.

Fuentes de Telefónica señalaron que van a proporcionar toda la información que requiera la autoridad reguladora. De igual forma, indican que este ámbito apenas tiene actividad, indicando que ningún cliente ha contratado el servicio NEBA.


Comentarios

  • 1 Angeloso - 07-12-2012 -14:38:54h

    En primero lugar esclarecer que el producto NEBA no es para usuario final, es para operadores y destinado a reventa.Logico, no lo han contratado porque esta articulado de manera que no le salga a cuenta su compra a los operadores.Por ejemplo un operador pequeñito que quiero un NEBA para su cliente tiene que pagar aproximadamente unos 80? por una velocidad de 30 mbits de bajada y 10 de subida, sin incluir la linea telefonica, ni llamadas ilimitadas. Es operador minimo lo tendra que vender a mas de 80? para no perder y ganar algo no? Pero wait a minute... si resulta que Telefonica directamente vende al cliente final la velocidad de 100/10 por 40 + iva.... a ver que cliente va a comprar menos velocidad a un revendedor a un precio mas caro.Una jugada perfecta por parte de Telefonica, perfecta... poner eso, esperar que a los demanden y de mientras ya habran vendido unos cuantos millones de hogares.

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