Desestima la demanda de USCA
Efe - Madrid - 29/07/2011
Según la sentencia del tribunal, a la que ha tenido hoy acceso Efe, la decisión adoptada por Aena respeta el convenio colectivo, es una medida justificada y mejora la organización de recursos de la empresa, permitiéndole adaptarse a las situaciones económicas sobrevenidas.
En mayo Aena, tras varias reuniones con USCA que terminaron sin acuerdo entre las partes, aprobó una nueva distribución de los tiempos de trabajo de los controladores de las torres de Palma de Mallorca, Barcelona, Tenerife Norte y Sur y Las Palmas de Gran Canaria, que reducía los turnos de noche.
USCA demandó a Aena ante la Audiencia Nacional al considerar que la decisión implantaba una nueva distribución del trabajo que contravenía lo estipulado en el convenio colectivo e incumplía la normativa de riesgos laborales.
Asimismo, alegaba falta de voluntad negociadora por parte de Aena y sostenía que no se daban las razones organizativas, productivas y económicas alegadas por la empresa.
Sin embargo, la Audiencia rechaza estos argumentos y considera que la concentración de controladores en turnos de mañana y tarde es una decisión razonable desde el punto de vista organizativo, productivo y económico, ya que el tránsito aéreo se concentra en las horas diurnas.
Asimismo, el tribunal estima que los cambios no suponen una modificación de lo pactado en el convenio al tratarse únicamente de una adaptación del horario a los turnos existentes y rechaza que Aena actuara con mala fe negociadora.
Por último, la sentencia señala que Aena elaboró los correspondientes informes de evaluación de riesgos laborales.
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