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Sentencia

El Tribunal Supremo anula el primer Plan Nacional de Asignación de CO2

Jarro de agua fría al Gobierno. El Supremo ha anulado, 'por falta de motivación', el Plan Nacional de Asignación de C02 por instalaciones del periodo 2005-2008. El plan fue recurrido por Endesa, que también denunció el del reparto por sectores, que está pendiente de sentencia. El Gobierno debe elaborar un nuevo PNA para dicho periodo, lo que tendrá consecuencias imprevisibles.

La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso CincoDías, en la que anula, "por falta de motivación", el acuerdo del Consejo de Ministros del 21 de enero de 2005 por el que se aprobaba el reparto de derechos gratuitos de C02 por plantas del primer Plan Nacional de Asignación (PNA).

El Supremo da así respuesta al recurso que Endesa Generación presentó en marzo de 2005 y declara "no conforme con el ordenamiento jurídico" el acuerdo del Gobierno y obliga a éste a elaborar y motivar "una nueva asignación de derechos". El tribunal alude a una sentencia similar del Tribunal de la UE tras un recurso de Alemania contra una decisión de la CE sobre el PNA de ese país.

Tras el reparto individual, en el que a Endesa le correspondieron 40 millones de toneladas anuales, la eléctrica inició un contencioso denunciando "la ausencia de justificación sobre la metodología empleada para la asignación de los derechos". Según la eléctrica, el Gobierno no había especificado el cálculo para estimar la oferta y demanda de electricidad en esos años, que determinaba el reparto. El plan vulneraba, en su opinión, "el principio de neutralidad tecnológica", al utilizar criterios de asignación diferentes según la tecnología de producción para fomentar las no contaminantes. En este sentido, adujo que la directiva del comercio de emisiones prohíbe a los Estados premiar la elección ex ante de una empresa teniendo en cuenta si sus centrales son de gas, carbón o fuel.

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La eléctrica denunció que no se habían tenido en cuenta las "observaciones del público"; que el plan individual vulneraba el principio de seguridad jurídica y el propio PNA sectorial, que preveía una reducción del consumo de carbón del 3,66%, menor que el que finalmente se aplicó.

El Abogado del Estado argumentó que, debido a la complejidad de los cálculos técnicos, la resolución del Gobierno estaba motivada en informes incluidos en el expediente administrativo ('in aliunde'). Finalmente, el Supremo ha dado la razón a Endesa.

"Los actos administrativos precisan (...) de una explicación suficiente" y "asequible" al afectado, según el Supremo. æpermil;ste detecta lagunas y considera que no se ha dado respuesta a quienes habían formulado observaciones. Además, dice el fallo, la motivación se hace más necesaria "por ser [la del comercio de emisiones] una actividad de reciente creación" y para "evitar diferencias injustificadas entre sectores" que supongan ventaja o discriminación.

Según fuentes judiciales, esta decisión "puede tener consecuencias imprevisibles", pues el Gobierno debe elaborar y publicar en el BOE un nuevo reparto en el que no se perjudique a la recurrente y, mientras tanto, habría un vacío legal. Además, existe un segundo recurso contra este reparto presentado en su día por Viesgo, que está pendiente de sentencia, y otro más de la propia Endesa contra el PNA global por sectores, que el Gobierno había aprobado en septiembre de 2004.

Queda por ver si la anulación del primer plan, que abarcaba de 2005 a 2008, puede contaminar al segundo PNA, que entró en vigor enero de este año y se prolongará hasta 2012.

Afecta a un millar de plantas y siete sectores

El 7 de julio de 2004, los entonces ministros de Industria, José Montilla y de Medio Ambiente, Cristina Narbona, presentaban el primer Plan Nacional de Asignación de derechos de C02 gratuitos para la primera fase de la directiva sobre el comercio de emisiones de 2002. Con esta directiva, que afectaba a siete sectores productivos (y casi 1.000 instalaciones en España), la UE pretendía facilitar el cumplimiento del Protocolo de Kioto, que obliga a los países que lo suscribieron (España, entre ellos), a reducir un 5% los gases de efecto invernadero entre 2008 y 2015, tomando como base las emisiones de 1990.Tras una dura pugna entre las grandes eléctricas, dados sus diferentes mix de producción (Iberdrola, con menos carbón, pedía que se penalizara a esta tecnología) el PNA por sectores se aprobó en un real decreto el 6 de septiembre de 2004. Meses después, el 21 de enero de 2005, una resolución (la que ahora se ha impugnado) aprobó el reparto individual por plantas. En el proceso, se presentaron más de 500 alegaciones. La sentencia de Supremo recuerda, precisamente, que el marco de aplicación del PNA "discurre entre tres planos normativos": el derecho internacional, el comunitario y el nacional.El Alto Tribunal apoya su fallo en otro del Tribunal de la UE de noviembre del año pasado, en el que daba la razón a Alemania en un recurso contra una decisión de la Comisión Europea sobre el PNA alemán. El tribunal comunitario anuló dos artículos de la decisión de la CE, por incumplir su deber de motivación y el principio de igualdad de trato. En este caso, "la motivación reviste mayor importancia", indica el fallo, "pues implica realizar evaluaciones económicas y ecológicas complejas".

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