_
_
_
_
_
Fallo

El Supremo ratifica que Nike no puede usar su nombre en ropa deportiva

Nike International ha vuelto a perder una batalla en los juzgados españoles. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictó el 6 de mayo dos sentencias sobre sendos recursos de casación interpuestos por Muswellbrook (compañía beneficiaria de la actividad de Cidesport, que cesó su actividad el año pasado) y Juan Amigó Freixas, el representante de la marca a partir de 1981.

Las resoluciones del tribunal afectan al registro de la propiedad de las prendas deportivas (camisetas, calcetines, pantalones y otro tipo de manufacturas de género de punto), sin incluir el famoso logotipo swooch (el ala situada debajo de la marca). Las sentencias dan la razón a las partes demandantes, anulando el fallo del 30 de septiembre de 1991 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que mostró su conformidad sobre la resolución de denegar la inscripción de la marca Nike Sports Wear (propuesta por Cidesport) por parte de la Oficina de Patentes y Marcas. Este tribunal entendió que los derechos de la empresa española habían caducado por falta de uso, permitiendo que el grupo estadounidense inscribiera una segunda marca similar. La doble sentencia, a la que ha tenido acceso Cinco Días, es la tercera consecutiva que pierde Nike International. La multinacional puede recurrir ahora al Tribunal Constitucional, aunque no quiso opinar al respecto.

Cidesport, propiedad de la familia Rosell, registró la palabra Nike en 1932, y como símbolo una imagen de la diosa griega de la Victoria de Samotracia. En 1980 la empresa norteamericana y japonesa Blue Ribon Sports licenció a Cidesport para que comercializara sus productos en España. La empresa catalana acabó su contrato de licencia en 1989, pero había adquirido siete años antes los derechos para el uso del nombre Nike. Este último detalle fue el detonante del conflicto. Con motivo de la celebración de los Juegos Olímpicos de Barcelona de 1992, Nike International decidió potenciar su imagen de marca y reorganizar sus licenciatarios en España. La ruptura con Cidesport provocó uno de los conflictos entre marcas que dura desde entonces, con demandas y recursos cruzados.

El 22 de septiembre de 1999 una sentencia del Tribunal Supremo obligó a Nike a anular sus marcas en España, impidiendo utilizar el nombre Nike en prendas textiles, y otorgando a Cidesport el derecho exclusivo sobre el mercado nacional. Nike International recurrió al Tribunal Constitucional. Un auto de esta última institución del 24 de julio de 2000 acordó mantener la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo. Fuentes conocedoras del conflicto aseguraron que, a pesar de estas sentencias favorables, Cidesport no pudo superar los efectos de la batalla legal, cesando su actividad el año pasado, transformándose en la sociedad Muswellbrook, que sigue controlada por la familia Rosell.

Cidesport contaba con una facturación anual de alrededor de 10 millones de euros, mientras que las ventas de la filial española de Nike se situaron en los 250 millones en 2000, incluyendo la comercialización de todo tipo de productos con marca.

El grupo norteamericano ha intentado superar las trabas que le impone el conflicto judicial en España potenciando la imagen del logotipo de la empresa.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Archivado En

_
_