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Las fusiones virtuales exigirán compartir solvencia y liquidez

Seguros desea que las mutuas se agrupen en sociedades anónimas

La Dirección General de Seguros (DGS) y Unespa debatirán mañana las fórmulas bajo las que las mutuas podrán poner en marcha fusiones virtuales. El regulador desea que la cabecera sea una sociedad anónima, que se comparta solvencia y liquidez y que el acuerdo tenga 10 años de vigencia, como mínimo.

El regulador abre la puerta para que las mutuas protagonicen fusiones virtuales. Sobre la mesa dos grandes referentes: la normativa aseguradora francesa, pionera en esta materia, y la reforma de la Ley ârganos Rectores de Cajas de Ahorros (Lorca) aprobada el verano pasado.

Los representantes de la patronal del seguro debatirán hoy con el director general de seguros y otros actores del sector (sindicatos, consumidores, mediadores...) el contenido de la Ley de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados (LOSSP) que albergará esta novedad societaria, adelantada por CincoDías el pasado agosto. El texto traspone la directiva sobre gestión y control de riesgos Solvencia II.

El artículo 196 permitirá la constitución de grupos cooperativos a mutuas y sociedades anónimas íntegramente participadas por este tipo de compañías. La DGS ha propuesto que la entidad cabecera de la fusión sea una sociedad anónima. Desde Unespa se plantea que se contemple la posibilidad de que el referente del holding pueda ser también una mutua. La Lorca, por ejemplo, permite que al frente de los sistemas institucionales de protección (SIP) haya tanto una caja como un banco.

Las firmas que constituyan un grupo quedarán "sujetas a las instrucciones que determine con carácter vinculante una entidad central en relación a sus políticas de estrategia de negocio, incluyendo las decisiones financieras, así como los niveles y medidas de control interno y de gestión de riesgos". Los acuerdos deberán tener una duración mínima de 10 años y aquellos que deseen abandonarlos deberán anunciar su intención con dos ejercicios de antelación y lograr el visto bueno del supervisor.

Las mutuas establecerán compromisos de solvencia y liquidez, así como una "parte significativa de sus resultados". Además, las cabeceras de grupos permitirán a las mutuas lograr mejoras en eficiencia, su gran asignatura pendiente frente a las sociedades anónimas.

La norma también permitirá la fusión virtual de mutualidades de previsión social (MPS). En este punto, la DGS quiere que estas uniones se mantengan solo entre sociedades de la misma naturaleza jurídica, mientras Unespa aboga por permitir fusiones mixtas de mutuas (centradas en el negocio de daños) y mutualidades (dedicadas a la gestión del ahorro y los riesgos personales).

Simplificar un gremio atomizado

La creación de fusiones virtuales de mutuas y mutualidades ayudará a estas sociedades a encarar con mejores perspectivas la nueva legislación europea sobre solvencia (Directiva 2009/138/CE). Además, simplificará el trabajo de supervisión de la DGS en un gremio muy atomizado.Ninguna mutua figura entre las 10 mayores aseguradoras del país. Las más relevantes son Mutua Madrileña (puesto 12), Pelayo (26) y Fiatc (28). Este tipo de compañías suelen estar centradas en el negocio de no vida, con especial peso del ramo de automóviles. El panorama entre las mutualidades de previsión social es similar. Muchas prestan servicio a colectivos profesionales. Las más relevantes son Mutualidad de la Abogacía y Hermandad Nacional de Arquitectos (HNA).

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