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El juez solo reconoce el derecho del cobro al particular

Padawan doblega a la SGAE en la batalla por el canon digital

La Audiencia de Barcelona ha absuelto a la tienda de informática Padawan de pagar los 16.759 euros que le solicitaba la SGAE como canon digital. La sentencia, que ya es firme, señala que la entidad tiene derecho a aplicar dicho canon a los soportes digitales para los particulares, pero no a las empresas y profesionales.

CINCO DÍAS

El canon digital ya tiene sentencia judicial firme. La Audiencia Provincial de Barcelona ha absuelto a Padawan, tienda de informática, de tener que pagar los 16.759 euros que le reclamaba la Sociedad General de Autores (SGAE) por la venta de soportes digitales.

La audiencia admite que la entidad de gestión de derechos de autor tiene la potestad de aplicar el canon sobre los soportes digitales vendidos a particulares, pero no así a las empresas y profesionales. La sentencia va más allá y exime a Padawan de realizar cualquier tipo de pago por considerar que resulta imposible calcular qué parte de ese material se destinaba a uso doméstico.

Al mismo tiempo, la Audiencia de Barcelona expone que la SGAE deberá abonar las costas del proceso judicial.

Por su parte, las entidades de gestión exponen que la sentencia respalda la legalidad del canon, aunque se muestran a favor de adaptar la legislación española a la evolución tecnológica y a las directrices del Tribunal Europeo.

Y es que la intervención de la justicia europea el año pasado supuso un punto de inflexión en la lucha de Padawan contra las exigencias de la SGAE. En medio del conflicto entre ambas partes, la Audiencia de Barcelona hizo una consulta al Tribunal de Justicia de la UE sobre si el sistema de gravamen español es conforme a la Directiva 29/2001.

La resolución europea llegó el pasado mes de octubre. Según el dictamen de la abogada general del tribunal europeo, Verica Trstenjak, el canon digital en España es "indiscriminado" y no puede aplicarse a empresas y profesionales que adquieren aparatos y soportes materiales para otras finalidades ajenas a la copia privada, lo que va en contra de dicha directiva.

El tribunal ratificó la necesidad de compensar a los titulares de derechos si los Estados miembros permiten la copia privada en beneficio de los usuarios, pero este gravamen no puede aplicarse "indiscriminadamente" a empresas y profesionales que compren los aparatos y soportes materiales para otras finalidades ajenas a las copias privadas.

Reforma del canon

La sentencia europea ha puesto patas arriba la aplicación del canon digital en España y ha obligado al Ministerio de Cultura a mover ficha para su reforma. A principios de este año, el ministerio empezó la ronda de conversaciones con las entidades de gestión y la patronal que representa al conjunto de los fabricantes de equipos informáticos, de electrónica de consumo y telecomunicaciones (Ametic) para tratar este asunto.

Algunas fuentes calculan que el 50% de lo recaudado por las entidades de gestión en España procede de la administración y el sector privado.

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