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Se unen a Bancaja, Caja Madrid e Ibercaja

Kutxa y Hoteles Participados sindican su participación del 11,57% en NH Hoteles

Kutxa y Hoteles Participados han suscrito un acuerdo para sindicar su participación del 11,57% en NH Hoteles, informó hoy la caja vasca a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), con lo que se unen al acuerdo anunciado ayer por Bancaja, Caja Madrid e Ibercaja.

Kutxa posee una participación del 6,14% en la cadena de hoteles, mientras que Hoteles Participados cuenta con el 5,42% de esta compañía. El objetivo del acuerdo es "regular las relaciones entre los accionistas como accionistas de la sociedad", según destacó la caja en un hecho relevante a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Según el acuerdo, las partes acuerdan constituir un sindicato que comprenderá todas las acciones de la sociedad de las que los accionistas sean titulares durante la vigencia del contrato, que durará hasta el 31 de diciembre de 2011.

El sindicato estará compuesto por un miembro en representación de cada accionista, que en el caso de Kutxa será Ander Aizpurua Susperregui, y en el de Hoteles Participados, Ignacio Ezquiaga Domínguez.

Los acuerdos del sindicato de accionistas vincularan a todos y cada uno de ellos "aunque no hayan estado presentes en la reunión en que se hayan adoptado" y estarán obligados a instruir a sus representantes en el sentido acordado por el sindicato y a votar a tales efectos en las juntas generales de accionistas. Por lo tanto, el voto de accionistas o representantes tendrá que efectuarse en el sentido acordado por el sindicato "respetando en todo caso el interés social".

Si alguno de los accionistas no puede asistir a la reunión de la junta, se compromete a otorgar un poder por escrito a favor de otro accionista o su representante con instrucciones de votar en el sentido acordado por el sindicato.

En el caso de que algún accionista se encuentre en situación de conflicto de interés, debe abstenerse de participar en la votación y su participación no se computará a efectos de asistencia y de adopción de acuerdos.

Así, se acuerda una mayoría del 55% para la votación en relación a acuerdos de política financiera y de explotación de la sociedad, como ampliaciones de capital, cuentas anuales y dividendos, cese y nombramientos de miembros del consejo, designación de auditores, retribución del consejo, presupuesto e inversiones y modificaciones estructurales y/o estatutarias.

Para los acuerdos relativos a cualquier otra materia, se optará por el sistema de mayoría simple de acciones sindicadas. Si no se alcanzasen alguna de estas dos mayorías referidas, el sindicato de accionistas se abstendrá en la votación de la junta.

En lo que se refiere al incremento de participación de los accionistas, los socios del sindicato que deseen llevar a cabo cualquier operación que suponga "un incremento de los derechos de voto a computar a efectos de opa" deberá ponerlo en conocimiento con anterioridad y solicitar autorización.

Además, los accionistas no estarán obligados a suscribir ampliaciones de capital en la sociedad ni a facilitar financiación a la misma por formar parte del sindicato, sino que este supuesto será decidido por cada socio de manera individual, aunque se debe comunicar la participación en estas operaciones al sindicato si como consecuencia de ella, el porcentaje de derechos de voto computable de manera conjunta excediera el 28%.

Si por una modificación legislativa, una ampliación de autocartera u otras causas el porcentaje de derechos de voto excediera el porcentaje determinante de la opa obligatoria (más del 29,9% de los derechos de voto), todos los socios se verían obligados a desprenderse, proporcionalmente a su participación, del número de acciones de la sociedad necesario para que el porcentaje conjunto de derechos de voto sea inferior a dicho umbral de opa.

Tras finalizar el actual contrato de sindicación el próximo 31 de diciembre de 2011, se puede prorrogar por sucesivos periodos de un año en el caso de que ninguna de las partes lo denuncie tres meses antes de la expiración del plazo inicial o de las prórrogas.

No obstante, los socios podrán transmitir su participación con dos meses de preaviso y en el caso de que se lance una OPA por parte de un tercero, cualquiera de los miembros podrá decidir si acude, previa comunicación por escrito al resto de los socios con un preaviso de 10 días.

El acuerdo suscrito ayer por Bancaja, Caja Madrid e Ibercaja para sindicar su participación del 20,7% tiene la misma vigencia e incluye la participación de Bancaja en la compañía hotelera, del 5,65%, el 5,041% de Ibercaja y el 10% de Caja Madrid.

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