Lunes, 13-10-2008 - Actualizado a las 9:50 h.
La patronal de tecnología Aetic respalda la propuesta
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Con la medida, quien compre un CD virgen para datos no será gravado con el canon
Firmas - Adolfo Estalella
Adolfo Estalella - Madrid - 12/05/2006
Las entidades de gestión como la SGAE o Egeda, las patronales de empresas tecnológicas como Aetic o Asimelec y las asociaciones de usuarios de internet (AUI y AI) y de consumidores (como Facua) agrupados en la plataforma Todos contra el Canon, se oponen a la reforma. Pero los motivos son radicalmente opuestos en cada caso.
De un lado, las entidades de gestión que agrupan a artistas e intérpretes dicen que la reforma 'desprotege a los creadores'. Del otro lado de la contienda, las asociaciones de empresas de tecnología y las de usuarios se oponen porque el canon sobre discos digitales (DVD, CD, Mini-Disc y reproductores de música digital) implica, en su opinión, una carga enorme a sus negocios y porque 'se penaliza (en beneficio de unos pocos) a todos los usuarios' y de forma 'indiscriminada', según el manifiesto común de Todos contra el Canon.
Terciando en la batalla, Hispalinux, con el respaldo de Aetic y de la AMI ha propuesto esta semana un modelo para acabar con parte de los problemas que ocasiona el canon: que se grave a los discos originales con este concepto, en lugar de que lo paguen los discos vírgenes. Serían las empresas que imprimen discos de música, los DVD de películas, etcétera las encargadas de recaudar el canon y abonarlo directamente a los autores y artistas, explica Roberto Santos, vicepresidente de Hispalinux y autor de la propuesta.
Con este sistema 'se establece una relación unívoca y los usuarios saben que cuando compran un disco están pagando también por el derecho a hacer una copia privada de él', mientras que quien compra un CD virgen para datos no es gravado con el canon, dice Santos. 'Lo he examinado y todos los problemas que se presentan con el sistema actual se resuelven', puntualiza. Pero si Todos contra el Canon pretende limitar el alcance de este gravamen, las sociedades de gestión pretenden ampliarlo y modificar otros aspectos de la ley antes de que finalice el trámite en el Senado para su aprobación.
En términos casi apocalípticos se refería a la reforma de la ley Eduardo Bautista, presidente de la SGAE, en una carta enviada a sus socios artistas, en la que califica la actual reforma de 'el ataque más grave a nuestros derechos desde la instauración de la democracia', y la calificaba de 'retroceso cultural'.
La ley introduce algunos cambios fundamentales, como la referencia a los sistemas de gestión de derechos (DRM y sistemas anticopia) y respecto al canon introduce explícitamente la referencia a los soportes digitales (CD, DVD, Mini-Disc...) que no existía en el texto anterior. Aunque este tipo de discos ya pagaban el canon desde 2003, no se recogía expresamente en la ley este concepto.
Otro cambio notable, al que se opone la SGAE, es el sistema para establecer la cuantía del canon. El canon sobre los discos digitales, por ejemplo, se fijó en 2003 a través de un acuerdo entre las entidades de gestión y una de las patronales de empresas de tecnología, Asimelec. Con la nueva ley, y si el texto no se modifica como pretende la SGAE, si no hay acuerdo entre las partes afectadas cualquiera de ellas puede recurrir a una comisión arbitral.
El nuevo canon se extiende a los discos duros de los reproductores MP3. En marzo pasado, la SGAE ya demandó a Apple ante un juzgado de Madrid por negarse a pagar un canon por sus reproductores iPod de música digital.
Lo que aún no queda claro de la redacción de la ley es si los discos duros de los ordenadores domésticos tendrán que pagar canon también. 'Seguro que sí', dice Roberto Santos, 'los que no pagarán serán los discos duros de ordenadores de infraestructura, pero seguro que los de casa tendrán que pagarlos'.
Junto con los cambios introducidos en lo que se refiere al canon, uno de los elementos novedosos de la nueva ley es la regulación de las tecnologías destinadas a la gestión de derechos, los llamados genéricamente DRM. Ejemplos de DRM son los sistemas que limitan la copia de los CD de música, los sistemas anticopia de los DVD, o los que impiden, en su caso, que se escuchen o que se presten (literalmente) los libros electrónicos.
En el caso de los libros electrónicos, por ejemplo, aunque la mayor parte de ellos disponen de un sistema que permite prestarlos (literalmente desaparece de tu ordenador y aparece en el de la otra persona), o escudarlos, las editoriales los publican con mecanismos que impiden esos usos.
Y la ley, en su redacción actual (artículos 160, 161 y 162), prohíbe que los usuarios rompan esas restricciones, y prohíbe la tenencia, la distribución, etcétera con fines comerciales de cualquier tecnología que sirva para eludir esos sistemas que restringen los usos de los contenidos. Aunque una salvedad establece que esos sistemas deben permitir la copia privada, pero no se refiere a otros usos como el que se refiere a la escucha de los libros electrónicos.
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