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Reformas legislativas

El Gobierno revisará varias leyes para facilitar la refinanciación empresarial

El Gobierno estudia una batería de reformas legislativas que afectarán a las leyes Concursal, Hipotecaria o de Enjuiciamiento Civil con el objetivo de 'facilitar la refinanciación de las empresas en dificultades'. Entre otras novedades, la reforma permitirá que el ministro de Industria determine el valor de una empresa en concurso, autorice su reflotación y la financie, directamente o a través de terceros.

El Gobierno revisará varias leyes para facilitar la refinanciación empresarial
El Gobierno revisará varias leyes para facilitar la refinanciación empresarialEFE

El ministro de Industria, Miguel Sebastián, confirmaba ayer que según datos de la Encuesta sobre el acceso de pymes a la financiación ajena, cada vez es mayor el número de este tipo de entidades que tiene dificultades para obtener créditos. Y el comisario europeo para asuntos monetarios y económicos, Joaquín Almunia, que participaba en el mismo acto que Sebastián, apostilló que, si no se resuelven los problemas de crédito 'ninguna de las otras medidas adoptadas por los diferentes gobiernos tendrán la eficacia que se busca'. Por eso el Ejecutivo estudia ahora medidas que incentiven realmente el flujo de los préstamos y que, sobre todo, faciliten la refinanciación de las empresas en dificultades.

Las entidades financieras han pedido al Gobierno que aclare algunos aspectos que en su opinión son imprecisos y que, en especial, contiene la Ley Concursal. Sobre todo se refieren a los casos en los que se pueden anular los acuerdos de refinanciación y las garantías ligadas a los mismos cuando a pesar de las renegociaciones, una empresa entra finalmente en un proceso concursal.

Pero el Gobierno no sólo prepara la reforma de la Ley Concursal como medida para tratar de facilitar la refinanciación de las empresas. Para lograrlo, se requieren cambios en otras leyes como la Hipotecaria o incluso la de Enjuiciamiento Civil respecto a la ejecución de hipotecas constituidas.

El borrador que maneja el Gobierno atribuirá más competencias a los jueces para que 'excepcionalmente cuando se trate de empresas cuya actividad pueda tener especial importancia para la economía nacional, previo informe de la Administración económica competente', pueda 'incluso contra el parecer mayoritario de los acreedores, oídos los representantes de los trabajadores', sancionar el plan de viabilidad presentado por el deudor.

Empresas de especial importancia

Igualmente, otorga mayores competencias al Ministro de Industria, ya que de forma excepcional y cuando se trate de empresas cuya actividad 'pueda tener especial importancia para la economía nacional' y siempre que así lo soliciten los trabajadores, el Ministerio de Industria podrá autorizar la reflotación de la empresa 'y proceder por sí mismo o mediante tercero a financiarla'.

La futura norma añade también que el ICO y las Administraciones Públicas puedan ser subrogados en los créditos y préstamos hipotecarios tanto a petición del deudor como de la entidad acreedora.

En cuanto a las acciones de reintegración, que es uno de los aspectos de la Ley Concursal que más recelos causa en las entidades financieras, el texto que maneja el Gobierno prevé que no se consideren actos de perjuicio patrimonial la constitución de garantías reales que aseguren tanto obligaciones preexistentes como otras nuevas 'cuando las antiguas estén vencidas, se prorrogue el plazo para exigirlas en más de 3 años y se amplíe el crédito al deudor en más de un 20%. Tampoco lo estará la ampliación de las garantías cuando se haya incrementado el crédito asegurado en la misma proporción'.

También se pretende establecer que 'los créditos que se concedan al concursado para financiar un plan de reflotación y los constituidos con posterioridad, si finalmente la reflotación fracasa o la empresa entra en liquidación, gozarán de prelación, frente a los reconocidos en la lista de acreedores'.

Acortar los plazos y reducir los costes

El Plan E que ha puesto en marcha el Gobierno con la intención de luchar contra los efectos de la crisis ya reconoce la intención de reformar de manera parcial de la Ley Concursal 'para garantizar un procedimiento concursal más ágil y menos costoso, y eficiente en sus resultados, así como generar incentivos para que las empresas y el resto de deudores se acojan al concurso, eliminando trámites procesales innecesarios, abaratando costes y reorganizado la administración concursal'.Además de los cambios que se introducirán para modificar el mecanismo de rescisión concursal en relación con las operaciones de refinanciación por parte de la banca, la reforma abordará, entre otras cuestiones, la flexibilización de los plazos actuales para dar celeridad al trámite procesal del concurso de acreedores. Se prevé además que se solucionen problemas que han criticado muchos expertos, como los del Registro de Economistas Forenses (Refor), en el sentido de que hasta ahora se permite que el deudor no esté obligado a decidir si va a la liquidación o al convenio de acreedores hasta 40 días antes de la junta, ya que en este momento las posibilidades de reflotamiento son escasas.La futura reforma también tratará de reducir costes en los que ahora incurren las empresas que entran en concurso. Para ello, se incluirán sistemas de publicación del procedimiento diferentes a los que existen en este momento, que, también según los expertos, es excesivamente caro. Y, además de una rebaja de los aranceles que cobran los administradores concursales, se permitirá la reducción en determinados supuestos del número de administradores. En estos momentos para los procesos estándar son tres.

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