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La batalla energética

Endesa lleva a Gas Natural e Iberdrola ante los tribunales

Endesa presentó ayer una denuncia contra Gas Natural e Iberdrola, pues considera que el acuerdo que acompaña a la opa relativo a la venta de activos posterior es un caso de asistencia financiera que prohíbe el artículo 81 de la Ley de Sociedades Anónimas. Según ha reiterado Endesa, Gas Natural pagará una parte importante del precio de la operación en metálico con los activos de la propia Endesa.

Endesa presentó ayer ante los Juzgados de Primera Instancia de Madrid una demanda contra Gas Natural e Iberdrola por estimar que el acuerdo suscrito entre ambas empresas en el marco de la opa hostil sobre la eléctrica, y que tiene por objeto la venta de activos de Endesa, 'es nulo de pleno derecho al ser su causa ilícita'. Para la compañía denunciante, con el acuerdo firmado el mismo día de la opa, el pasado 5 de septiembre, se intenta que sea el patrimonio de Endesa, una vez controlada por Gas Natural, 'el que atienda el pago de las obligaciones económicas asumidas por Gas Natural para financiar la oferta'.

Según indicó ayer la compañía denunciante, aun cuando no se han hecho públicos en su integridad los términos del acuerdo impugnado ni las condiciones de la financiación obtenida por Gas Natural, todos los indicios y las manifestaciones que Gas Natural ha formulado al respecto indican que la compañía catalana busca solventar con la enajenación de los activos de Endesa los problemas de financiación que la oferta hostil le acarrearía.

Por ello, Endesa considera que el acuerdo es contrario a los intereses de sus accionistas, y 'entraña una vulneración frontal' del artículo 81 de la Ley de Sociedades Anónimas, que prohibe la llamada 'asistencia financiera' al señalar que una sociedad 'no podrá anticipar fondos, conceder préstamos, prestar garantías ni facilitar ningún tipo de asistencia financiera para la adquisición de sus acciones o de acciones de su sociedad dominante por un tercero'.

Por tanto, en la medida en que Gas Natural pretenda atender las obligaciones económicas asumidas para financiar la opa con cargo al patrimonio de Endesa (ya sea la enajenación de los activos de Endesa a favor de Iberdrola o de cualquier otro posible comprador), estará incumpliendo el citado artículo de la Ley de Sociedades Anónimas. Asimismo, considera la denunciante, 'supone una destrucción de valor de la empresa y para sus accionistas', toda vez que sería el patrimonio de Endesa el que, en último término, soportaría el coste económico de la adquisición por Gas Natural de sus propias acciones.

Endesa no cierra con esta denuncia el camino a cualquier otra vía legal contra un acuerdo al que se ha opuesto desde el principio. Así, esta demanda, indicaba ayer la eléctrica, 'es independiente de otras consideraciones derivadas de las normas nacionales y comunitarias sobre defensa de la competencia y no prejuzga la calificación que el mismo acuerdo pueda tener conforme a las mismas'.

También es independiente, añade, de las sanciones que, de llevarse a cabo las desinversiones que incluye el acuerdo u otras que igualmente persigan vulnerar la prohibición de asistencia financiera (además de los activos del pacto, Gas Natural ha anunciado que enajenará otros), pudieran llegar a imponerse a los administradores de la sociedad infractora conforme a lo previsto en el artículo 89 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Las denunciadas rechazan la ilegalidad del acuerdo

Gas Natural respondió ayer que la denuncia de Endesa contra el acuerdo con Iberdrola carece de 'base legal'. La opante asegura que el pacto no incurre en ningún supuesto de asistencia financiera, que prohíbe la Ley de Sociedades Anónimas. Según Gas Natural, el acuerdo respeta esta norma ya que la compañía 'no está anticipando fondos ni concediendo préstamos, ni garantías, ni facilitando asistencia financiera alguna para que Gas Natural lance la opa' sobre Endesa. Por otra parte, la gasística recuerda que 'la financiación de la opa está al margen del acuerdo con Iberdrola, cuya finalidad es alcanzar una estructura más equilibrada en los sectores de gas y electricidad'. Además, las garantías financieras han sido concedidas a Gas Natural 'sobre la base de su propia solvencia financiera'. Por su parte, Iberdrola aseguró que el único órgano competente para juzgar un caso de asistencia financiera es la CNMV'. Si ésta tomara una resolución recurrible, se podría después ir por vía contencioso administrativo.

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