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El Congreso aprueba por mayoría la nueva regulación del mercado hipotecario

La vivienda no habitual podrá utilizarse para las hipotecas inversas

Los mayores de 65 años y personas dependientes podrán constituir hipotecas inversas sobre otros inmuebles distintos de la vivienda habitual, en contra del criterio inicial del Gobierno. El Congreso aprobó ayer por amplia mayoría la nueva Ley Hipotecaria.

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La vivienda no habitual podrá utilizarse para las hipotecas inversas. La tasación de las viviendas estará sometida desde ahora a mayores controles. - PABLO MONGE

El importe máximo de las comisiones por cancelación queda en el 0,5% frente al 1%

Firmas - Federico Castaño

Federico Castaño - Madrid - 23/11/2007

La pretensión de extender el campo de acción de las hipotecas inversas más allá de la vivienda habitual fue canalizada con éxito en el Senado por el PP a espaldas del Gobierno. Al llegar el proyecto de ley ayer al Congreso, el Ministerio de Economía cedió y dio su visto bueno para que se respetara este criterio. La consecuencia es que los mayores de 65 años y dependientes severos podrán contratar este tipo de hipotecas, que les garantiza una renta vitalicia a partir de la garantía de la vivienda, sobre inmuebles en los que no vivan de forma habitual. No obstante, los beneficios fiscales recogidos en el proyecto de ley sólo regirán en caso de que la hipoteca se establezca sobre la vivienda habitual. Se permitirá que los ingresos obtenidos por hipotecas inversas que se canalicen en la constitución de un plan de previsión asegurado puedan deducirse de la base imponible del IRPF, con un máximo de 10.000 euros. De esta forma, se encadenarán dos beneficios fiscales: los que derivan de la propia contratación de la hipoteca inversa y, en segundo lugar, de la constitución de un plan de previsión asegurado. En opinión del ponente socialista de la ley, Ricard Torres, 'es sólo un primer paso que se complementará en el futuro cuando la figura de la hipoteca inversa esté más extendida'.

El proyecto de ley aprobado ayer en el Congreso por amplia mayoría -sólo IU puso objeciones de fondo- mejora varios aspectos que Economía considera fundamentales. El primero afecta a los instrumentos de refinanciación ya que había un marco legal obsoleto y el que nace a partir de esta ley facilitará a las entidades financieras la captura de recursos en una coyuntura con problemas de liquidez derivados de la última crisis financiera. En segundo lugar, el proyecto elimina las trabas legales que dificultaban la oferta competitiva de préstamos a tipos fijos y mixtos. Por último, la norma flexibiliza también la formalización y modificación de los préstamos hipotecarios.

Menos costes notariales

La nueva ley incorpora indudables ventajas para el ciudadano, pues reduce los costes de los aranceles notariales y registrales que van asociados a la subrogación, cancelación o novación de las hipotecas. Una de las iniciativas más importantes consiste en la reducción del 1% al 0,5% de la comisión máxima por cancelación anticipada de hipotecas o subrogaciones en los contratos a tipos de interés variable. Los de tipo fijo o mixto también verán rebajadas las comisiones por amortización al 0,25% en el caso de que ésta se formalice después de los cinco primeros años de vida del crédito.

En las hipotecas firmadas a tipos de interés fijo, el porcentaje de comisión aplicable a la cancelación anticipada sólo podrá aumentarse por encima del 0,5% cuando ésta genere una pérdida de capital para la entidad financiera como consecuencia de que los tipos de interés sean inferiores al tipo vigente para la hipoteca.

El Congreso ratificó la regulación de las hipotecas flotantes, que podrán constituirse sobre bienes no registrados y beneficiarán, sobre todo, a las pymes. Para la banca tienen la ventaja de que no son subrogables y servirán para fidelizar al cliente. Podrán concederlas bancos y cajas de ahorro, pues son las entidades sometidas a supervisión estricta.

Mayores controles para las tasaciones de viviendas

Las deficiencias detectadas en las tasaciones de viviendas realizadas por sociedades ligadas, en ocasiones, a las propias entidades financieras que conceden los créditos, han llevado al Gobierno a regular de una forma más estricta estas prácticas. La nueva ley obliga a las entidades de crédito que tengan este tipo de servicio a constituir comisiones técnicas que eviten los conflictos de intereses.

La nueva norma establece también un régimen de participaciones significativas, similar al existente para las entidades financieras, para controlar la composición del accionariado y garantizar la independencia de las sociedades de tasación. Asimismo, introduce nuevos supuestos de infracción así como un régimen sancionador unitario.

El Congreso no validó ayer la equiparación entre los honorarios que cobran registradores y notarios introducida por el PP en el Senado con la ayuda de CiU.


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