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Prestación por desempleo
Raquel Pascual - Madrid - 03/08/2010
Una de las enmiendas de Convergència i Unió (CiU) a la reforma laboral que fue incorporada al texto final, insta al Gobierno a establecer una mayor vinculación entre las políticas formativas a los parados y el cobro de su prestación por desempleo.
Esto, unido a que el ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, declaró este fin de semana que los parados que rechazaran ofertas de empleo no deberían cobrar la prestación, ha desatado los rumores sobre la posibilidad de que el Gobierno esté estudiando recortes en el sistema del seguro de paro.
Sin embargo, fuentes de Trabajo precisaron a CincoDías que tanto la enmienda de CiU, como las palabras de Corbacho persiguen un mejor cumplimiento de la ley actual, que ya permite la suspensión temporal o retirada definitiva de la prestación, si el parado rechaza una oferta de empleo adecuada a su demanda.
De hecho, según los últimos datos disponibles del Ministerio de Trabajo, el pasado año se retiró la prestación por desempleo en 237.054 ocasiones por sanciones derivadas de incumplimientos de las obligaciones del beneficiario.
En concreto, la ley ya prevé la suspensión temporal del cobro de la prestación por una infracción leve (como es no renovar la demanda de empleo; la no comparecencia injustificada en las oficinas de empleo o el incumplimiento del compromiso de actividad). Y la extinción total del derecho, entre otras cosas, si se rechaza en tres ocasiones o bien una oferta adecuada de empleo o la participación en cursos formativos.
Infracciones muy graves
Otros motivos "muy graves" para retirar la ayuda son su obtención fraudulenta (en cuantía o forma); o compatibilizar la prestación con un trabajo a tiempo completo.
Sin embargo, el citado volumen de suspensiones del seguro de paro es ínfimo si se tiene en cuenta que en todo el año 2009 se dieron de baja 8,5 millones de prestaciones.
Esta elevada cantidad de bajas de las ayudas por desempleo se explica porque aunque el pasado ejercicio se contabilizaron casi 2,7 millones de beneficiarios, éstos entraron y salieron numerosas veces en el sistema del segurodeparo, debido a la alta rotación del mercado laboral español. Así, una misma persona cobró el paro y dejó de recibirlo en varias ocasiones a lo largo del ejercicio.
En opinión de los responsables de Trabajo, si las comunidades autónomas fueran más diligentes en comunicar al Servicio de Empleo Público Estatal las infracciones que cometen los desempleados para ser sancionados y dejar de recibir la prestación, habría muchas más retiradas del seguro de paro, sin tener que endurecer la ley. "En este sentido iban las palabras formuladas por Corbacho este fin de semana", según estas mismas fuentes.
Por ello, en elMinisterio de Trabajo se estudiará la fórmula para que las comunidades comuniquen más y mejor las infracciones de los parados al Servicio de Empleo Estatal, que es el que retira las prestaciones.
El último intento infructuoso que hubo en España de endurecer las condiciones del cobro de la prestación por desempleo se produjo a cargo del último Gobierno de José María Aznar, en 2002 y en aquella ocasión al Ejecutivo le costó la única huelga general de 24 horas de su mandato, el 20 de junio del citado año. Entonces, y ante la falta de acuerdo entre patronal y sindicatos, el Gobierno de Aznar, con Juan Carlos Aparicio al frente del Ministerio de Trabajo, elaboró el conocido como decretazo.
Una de las medidas de aquella norma era la de concretar la retirada de la prestación por desempleo cuando, por ejemplo, el parado rechazara una oferta adecuada de empleo que se le ofreciera en un radio de 30 kilómetros de su residencia o a dos horas de desplazamiento.
Fue esta iniciativa fundamentalmente la que llevó a los sindicatos a convocar la huelga general del 20-j. El resultado fue que el Gobierno echó marcha atrás y rehizo el decretazo eliminando dicha concreción y manteniendo la ley como está en la actualidad.
Además, posteriormente, en marzo de 2007, el Tribunal Constitucional declaró el decretazo inconstitucional, por el recurso de la Junta de Andalucía y los grupos parlamentarios del PSOE, IU y Grupo Mixto. Anteriormente, en 1992, los sindicatos protagonizaron otra huelga general en contra de un recorte de las prestaciones por desempleo. Pero en aquella ocasión, el Gobierno no hizo caso de las demandas sindicales y mantuvo los recortes, evitando así la quiebra del Inem.
● Por agotamiento de la prestación, cuando ha transcurrido el tiempo por el que tiene derecho.
● Por colocación. La baja se produce porque el desempleado encuentra un trabajo por cuenta ajena; se establece como autónomo; firma un contrato fijo discontinuo; es readmitido o capitaliza la prestación para establecerse por cuenta propia.
● Emigración. Suspensión temporal por traslado al extranjero a realizar un trabajo por menos de seis meses o extinción total si es por más de seis meses.
● Jubilación e invalidez. El perceptor cumple la edad y/o las condiciones de acceso a la pensión de jubilación o de invalidez mientras cobra la prestación por desempleo y ésta última es sustituida por la nueva.
● Baja cautelar o sanción. Suspensión por infracción leve o extinción por cuarta reincidencia de infracción leve o tercera reincidencia de infracciones graves, como rechazar una oferta adecuada de empleo o incomparecencia a cursos.
● Otras causas. Fallecimiento del beneficiario; entrada en prisión; cobro de baja médica o por maternidad; recurso del empresario de la improcedencia del despido.
1 manuel - 30-12-2011 -07:44:17h
me pueden ofertar por telefono desde el inem una oferta de trabajo,y no citarme en persona.
2 MANUEL - 30-12-2011 -07:41:08h
en marzo del 2012 se me termina el paro.en febrero del mismo año,cumplo 63,me quiero prejubilar,mi pregunta es la siguiente: me han llamado por telefono del inem,para una oferta de trabajo de 6 meses.¿ es legal que rechaze verbalmente por telefono una hipotetica oferta cuando estoy apunto de prejubilarme?...tienen que llamar a personas mayores ,habiendo tanta gente jovenes y con cargas familiares,,,el trabajo era de soldador.espero vuestra respuesta.gracias.
3 María - 31-10-2010 -10:33:34h
Estoy cobrando la ayuda del INEM 426 euros y me llaman para una oferta en un empleo.Primero me dicen que es por turnos,tienen tres mñana-tarde y noche.cuando llego me dicen que solo hay un turno y es el de noche de 12 de la noche a siete de la mañana cobrando 700 euros mensuales seis dias a la semana y libro uno.encargada de cuidar de 18 ancianos ,cambios posturales,limpieza y baño y aseo de los ancianos.Todo esto lo hago yo sola.Encima me dicen que me pagan ldel dia 5 al 10 porque los ancianos ingresan el dinero de la residencia del 1 al cinco y que claro si ellos no ingresan yo como es logico no cobro.Rechazo la oferta y el dueño se pone a darme gritos por telefono y a amenzarme con mandar una carta al Inem....¿Hasta que punto esto es licito?....Es que estoy por mandarles un inspector de trabajo para que vea como esta la residencia porque encima daba pena....¿No se fijan en esto los del ministerio de trabajo?...Yo necesito trabajar pero en condiciones humanas.Igual me vieron cara de boba.¿Se puede reclamar en la oficina del paro...? algun derecho tendremos tambien nosotros ...digo yo...
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