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Derechos fundamentales

El Supremo avala que la empresa sepa intimidades de sus empleados

El Tribunal Supremo avala en una reciente sentencia que el miembro de un comité de empresa pueda informar a los directivos de la misma de aspectos de la esfera íntima de sus trabajadores en aras a "colaborar con el mantenimiento de la productividad".

La sentencia desestima el recurso de casación en materia de derechos fundamentales presentado por dos trabajadoras contra un miembro del comité de empresa por los comentarios que este efectuó al director de la misma de que mantenían una posible relación afectiva que afectaba al funcionamiento de la compañía.

El alto tribunal confirma que en la ponderación de los derechos en colisión, libertad de expresión por un lado e intimidad por otro, debe prevalecer "el ejercicio de las funciones del miembro del comité de empresa que ha de colaborar con el mantenimiento de la productividad y con el funcionamiento de esta".

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