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Ley de Dinamización del Comercio

Madrid amplía la liberalización comercial al sector seguros e inmobiliario

El PP de la Asamblea de Madrid registró ayer siete enmiendas al proyecto de Ley de Dinamización del Comercio, norma que pretende impulsar la actividad comercial en la región a través de la eliminación de trabas burocráticas para la apertura de locales y de la liberalización de horarios. Con sus enmiendas, extiende la aplicación de la ley a todas aquellas actividades relacionadas con el sector de los seguros, inmobiliario y finanzas.

De este modo, los emprendedores que quieran abrir un negocio en estos sectores podrán hacerlo en el momento en el que cuenten con una declaración responsable, un proyecto técnico que respete la normativa de edificación y hayan pagado las tasas municipales. Para el portavoz de esta formación, Íñigo Henríquez de Luna, "el objetivo de la ley es generar actividad económica y empleo y eliminar las trabas que impiden la apertura ágil y sencilla de negocios y empresas en nuestra región".

El portavoz explicó que se pretende poner fin a las esperas de entre uno y dos años que hasta ahora eran habituales para recibir la preceptiva licencia municipal de obras o apertura. "Daremos un paso definitivo en la mejora de la seguridad jurídica y de la competitividad de nuestra economía cuando un emprendedor pueda abrir su negocio al día siguiente de haber presentado una declaración responsable de que cumple todos los requisitos legales", subrayó el portavoz.

Una de las enmiendas propone modificar la denominación de la ley, que pasará a llamarse Ley de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid en lugar de la nomenclatura actual, Ley de Dinamización del Comercio Minorista Madrileño. Este cambio obedece a que el proyecto de ley actual hace referencia a determinadas actividades económicas y comerciales desarrolladas en oficinas y no solo a establecimientos comerciales minoristas.

calendario

l El próximo día 22 de mayo se debatirán en comisión las enmiendas al articulado. El dictamen resultante lo será el 7 de junio, cuando se aprobará definitivamente. La ley entrará en vigor un mes después de publicarse en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

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