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Ultima una enmienda a la reforma laboral

El Ejecutivo garantizará que la indemnización por despido siga sin tributar

El Ministerio de Hacienda está diseñando una fórmula de procedimiento legal, que incorporará a través de una enmienda a la reforma laboral, para que la norma garantice que la indemnización por despido improcedente siga exenta de tributación.

El Ejecutivo garantizará que la indemnización por despido siga sin tributar
El Ejecutivo garantizará que la indemnización por despido siga sin tributarCINCO DÍAS

Desde el pasado 12 de febrero -cuando entró en vigor la reforma laboral del PP- los laboralistas y responsables de recursos humanos de las empresas han denunciado la existencia de un vacío legal para que el procedimiento en caso de despido improcedente siga garantizando que no se paguen impuestos por esta indemnización, tal y como fija la ley.

Antes de 2002, para que estos pagos quedaran exentos se necesitaba como mínimo que el acta de conciliación reconociera la improcedencia del despido. Tras esta fecha, la reforma laboral del Gobierno de José María Aznar creó el despido exprés y ya no hacía falta acudir a los servicios de mediación y arbitraje para reconocer en el acto de conciliación la improcedencia del despido; bastaba con que el empresario reconociera expresamente (por escrito) dicha improcedencia antes del acto de conciliación.

Pues bien, ahora la reciente reforma de Mariano Rajoy ha eliminado fulminantemente de la legislación el despido exprés, por lo que se abre la duda de si vuelve a hacer falta o no el reconocimiento expreso de la improcedencia en los servicios de mediación o arbitraje para no tributar por la indemnización.

Por este motivo, la Dirección General de Tributos ha recibido numerosas consultas por este tema. La decisión de los técnicos de Hacienda ha sido dar solución a este vacío normativo en la propia ley, a través de una enmienda del PP a la reforma laboral, y no con una resolución administrativa, según han informado fuentes de este departamento.

Se aconseja ir a conciliación

A la espera de que se solvente esta laguna del procedimiento, la mayoría de los asesores sindicales de las empresas está aconsejando que vuelva a actuarse como antes del año 2002, en aras a garantizar esa exención fiscal.

Esto, no obstante, puede empezar a provocar cierto caos en los servicios de mediación y arbitraje (SMAC), ya que desde 2002 el 65% de los despidos eran exprés y no necesitaban el acta de conciliación.

Por ejemplo, la guía de la reforma laboral elaborada por la consultora PwC aconseja que "a partir de la reforma la improcedencia se reconocerá en el acto de conciliación o será declarada en sede judicial. La imposibilidad de que el propio empresario reconozca la improcedencia del despido producirá una ralentización de la formalización del despido, puesto que aun cuando el trabajador tenga derecho a la prestación por desempleo, la exención fiscal de las indemnizaciones por despido improcedente volverá a colapsar los ya saturados servicios de conciliación".

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