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Raquel Pascual - Madrid - 26/04/2007
Los grupos parlamentarios de la Cámara Baja pactaron ayer decenas de enmiendas para introducir nuevos cambios en el texto de la ley del Estatuto del Trabajo Autónomo.
La mayoría de estas modificaciones afectan a los autónomos dependientes (aquellos que obtienen al menos el 75% de sus ingresos de una misma empresa), que suponen cerca de medio millón de los tres millones de trabajadores por cuenta propia que existen. Según lo pactado ayer, estos trabajadores tendrán tres meses desde la entrada en vigor de la ley para comunicárselo a la empresa de la que reciba ese 75% de los ingresos.
Una de estas novedades es la ampliación de 15 a 18 días hábiles del periodo de vacaciones anuales que los autónomos dependientes tendrán derecho a disfrutar. Si bien será el autónomo y no su principal empleador el que costee dichas vacaciones.
Las cambios introducen también mejoras en la protección social de los autónomos que queda prácticamente equiparada a la de los asalariados en materia de permisos y prestaciones de maternidad y paternidad.
Igualmente, dado que la ley obliga a los autónomos dependientes a cotizar por incapacidad temporal y por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, una de las enmiendas pactada ayer amplia esta cobertura a los accidentes in itinere (los que se registran en el trayecto de ida o vuelta del trabajo). Si bien, el texto precisa que 'salvo prueba en contrario, se presumirá que el accidente no tiene relación con el trabajo cuando haya ocurrido fuera de la jornada ordinaria de que se se trate'.
En cuanto al embargo de la vivienda del autónomo en caso de impago, éste quedará condicionado 'a que no resulten conocidos otros bienes del deudor suficientes susceptibles de realización inmediata en el procedimiento ejecutivo...'.
Asimismo, se establece que los autónomos podrán contratar como asalariados a sus hijos menores de 30 años que convivan con ellos, pero el familiar quedará excluido de la protección por desempleo.
La ley, que irá ahora al Pleno del Congreso y podría entrar en vigor antes de que finalice el año, fijará reducciones y bonificaciones de las cotizaciones de la Seguridad Social para aquellos autónomos con más de una actividad que superen la base máxima de cotización; para discapacitados; vendedores ambulantes y otros que se determinen. Las bonificaciones para jóvenes suben al 30% y su periodo de cobro se amplía de 12 a 15 meses.
• La ley del Estatuto del Estatuto del Trabajo Autónomo dirá que el Gobierno propondrá a las Cortes Generales la regulación de un sistema específico de protección por cese de actividad, siempre que 'estén garantizados los principios de contributividad, solidaridad y sostenibilidad financiera'.
En la articulación de esta prestación se tomarán especiales cautelas en los casos en los que el cese de actividad se produzca cercano a la edad de jubilación. Finalmente, se indica que 'las Administraciones Públicas podrán, por razones de política económica debidamente justificadas, cofinanciar planes de cese de actividad', en sectores concretos.
• Los autónomos económicamente dependientes de los sectores del transporte y los seguros tendrán un plazo de 18 meses tras la entrada en vigor del reglamento de la ley para adaptar sus contratos.
• Los trabajadores por cuenta propia participarán en programas de formación e información de prevención de riesgos laborales, promovidos por las Administraciones Públicas.
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